El hermano del Santo Entierro cuya impugnación fue rechazada recurre al Arzobispado

Una de las elecciones que más controversia está desatando en los últimos tiempos es la de la Hermandad del Santo Entierro de Sevilla, ya que un hermano de la corporación había impugnado ante la autoridad diocesana competente las últimas elecciones celebradas en la hermandad del Santo Entierro. El motivo obedecía a que, según precisa el citado hermano, no se habrían respetado los plazos establecidos en las normas diocesanas -30 días naturales- para que el censo pueda estar a disposición de los hermanos. 

Según alegaba el hermano, esta circunstancia había mediatizado el proceso electoral y por ende el posterior resultado de las elecciones, donde una de las candidaturas había obtenido la victoria por solo dos votos de ventaja. Por todo ello, se alegaba por parte del mencionado hermano que la transparencia del proceso se había visto comprometida. Por su parte, Miguel Vázquez Lombo, delegado diocesano de Asuntos Jurídicos para Hermandades y Cofradías, emitió un informe que venía a quitarle la razón al hermano que pretendía impugnar las elecciones al Santo Entierro.

Según afirma el portal andaluciainformación.es, el citado hermano ha vuelto a recurrir este informe negaitvo emitido por el Arzobispado, por lo que la Archidiócesis habrá de pronunciarse nuevamente ante la petición de anulación de las elecciones de la Hermandad, producidas el pasado mes de noviembre y cuyo resultado decantó la victoria a la candidatura de José María Domínguez-Rodiño Sánchez-Laulhé por un estrechísimo margen de dos votos -166 a 164-. Este recurso ha sido presentado en el Palacio Arzobispal el pasado 27 de diciembre, según recoge el mencionado portal, y en él se contiene la negativa a la conclusión a la que ha llegado el delegado diocesano. 

El hermano del Santo Entierro tilda esta conclusión de «peligrosa», pues haciendo extensiva su visión sobre este nuevo órgano, creado en las Normas Diocesanas para hacer un seguimiento del proceso electoral, entiende que «no sería necesaria su existencia», justificando que en el Santo Entierro no se haya dado a conocer a los hermanos. “Viene a decir que, como no hay mención alguna en cuanto a la publicidad, ni en las normas, ni en las reglas, no hay obligación en este sentido. Luego, al margen de los candidatos ¿qué pasa con los hermanos en general que quieran efectuar alguna reclamación? Si desconocen la existencia de este órgano ¿a dónde se dirigen? ¿Es lógico que un órgano de este carácter, novedoso y trascendental permanezca oculto a todos? Si este es el criterio a seguir en adelante, se ha certificado su defunción», explica el hermano demandante.

En lo que respecta al censo y exposición y siempre según la noticia de Andalucía Información, el hermano de la corporación del Sábado Santo hispalense, alega que el citado decreto justifica el no cumplimiento los plazos por la existencia de un certificado del Guardián del Templo, en el que se cita que el censo ha estado expuesto 31 días. «Pero lo cierto es que en la carta que reciben los hermanos, aportada a la impugnación, se acredita que éstos son informados de la exposición del censo con posterioridad», añade, por lo que los hermanos “no toman conocimiento” de la existencia del censo “hasta bastante tiempo después» aunque hubiera estado expuesto. “Volvemos, por tanto, al razonamiento anterior, si no damos publicidad a las cosas en sus plazos, ¿qué sentido tienen?», se pregunta este cofrade, que además finaliza su recurso entendiendo que Vázquez Lombo debe suspender cautelarmente el acto administrativo impugnado, que declara la validez de las elecciones celebradas en la Hermandad del Santo Entierro el pasado 24 de noviembre.