La hermandad del Cerro, un ejemplo recurrente de solidaridad

«En el deseo de apoyar y promocionar programas de acción social desarrollados por asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro, y cuyos principios no sean contrarios a la Iglesia Católica ni a los valores defendidos por ésta», la hermandad del Cerro ha hecho publica su IX Convocatoria de ayudas y subvenciones para proyectos solidarios. Una convocatoria destinada a proyectos que abarcan sectores diversos como personas mayores, infancia, discapacitados físicos, psíquicos y sensoriales, colectivos con especiales problemas de marginación y programas de inserción laboral y búsqueda de recursos económicos. La convocatoria, cuyo plazo de presentación de solicitudes abarcará hasta el 22 de febrero de 2018, se rige por las bases que fueron aprobadas en Cabildo de Oficiales de 19 de octubre de 2017.

Estas bases establecen que podrán solicitar subvenciones las asociaciones y entidades de Sevilla y su provincia sin ánimo de lucro que realicen proyectos de interés social y cuyos fines no sean contrarios a la Iglesia Católica ni a los principios defendidos por esta. Además, no podrán ser objeto de subvención aquellas entidades o asociaciones que no hayan aportado ni justificado los gastos de las subvenciones concedidas en ediciones anteriores.

Por otro lado, las entidades solicitantes deberán Admitir la evaluación y seguimiento sobre las actividades concedidas que, en su caso, pueda realizar la Hermandad de Ntra. Sra. de los Dolores, comunicar a la Diputación de Caridad de la Hermandad de Ntra. Sra. de los Dolores cualquier eventualidad en la actividad o programa subvencionado, cuando afecte a tal subvención y en el momento en que se produzca, aportar una breve memoria de la actividad objeto de la subvención al término inmediato de la misma, aportar todas las facturas o justificantes-recibos que detallen minuciosamente el gasto aplicado a la actividad subvencionada al término inmediato de la misma, en documento original o fotocopia compulsada, debidamente relacionada que acrediten el pago efectivo por cuantía que sirvió de base para la concesión de la subvención.

En caso de no llevarse a cabo la actividad subvencionada, la entidad beneficiaria deberá reintegrar el importe concedido por la Hermandad de Ntra. Sra. de los Dolores en el plazo máximo de quince días a contar desde la fecha de cancelación de la actividad. De este modo, la hermandad logra salvaguardar el objetivo último de esta magnífica iniciativa que, cada año, llena de orgullo a los hermanos de la corporación y a todo el pueblo de Sevilla, con el desempeño de una de las acciones solidarias más esenciales de cuantas se desarrollan cada año en el seno de la Sevilla cofrade.