El Rescatado celebrará elecciones a Hermano Mayor el 30 de junio

La Hermandad del Rescatado de Córdoba, conforme a lo regulado en el Estatuto Marco Diocesano, y su Normativa Complementaria aprobada por Decreto del Vicario Episcopal el 15/11/2007, así como conforme al Régimen Interno que rigen esta Ilustre, Piadosa y Trinitaria Hermandad de Penitencia, se le notifica que la Junta de Gobierno. reunida en Junta de Gobierno Ordinaria del dia 14 de abril de 2023, una vez concluidos los cuatro años de mandato de Hermano Mayor, ha resuelto decretar y convocar Elecciones a Hermano Mayor, así como la constitución de la Junta Electoral, que tendrá por misión la de supervisar y velar el correcto desarrollo del proceso de elecciones.

La Junta Electoral será compuesta por los siguientes hermanos: Presidente: Dña. Dolores Poley Adámez (Vice-hermana Mayor 2″), Secretario: Dña. Inmaculada Lara Bermúdez (Secretaria) y Vocal: D. Salvador Rivas Fernández (Hermano de Pleno Derecho). Por consiguiente, la Junta Electoral convocará las Elecciones a Hermano Mayor para el día 30 de junio.

El Calendario Electoral que ha de seguirse para el procedimiento de elecciones es el siguiente:

Presentación de Candidaturas: del 27 de abril al 26 de mayo, ambos inclusive. La presentación de Candidatura a Hermano Mayor se deberá presentar por escrito a la Junta Electoral debiendo contar necesariamente para su presentación con el Visto Bueno del Consiliario de la Hermandad (Rvdo. Fray Aurelio Gil de la Casa O.SS.T). La Candidatura podrá presentarse durante este periodo todos los viernes de 19:30 h. a 21:30 h en la secretaria de la Hermandado a través del correo electrónico juntaclectoralrescatado@gmail.com.

Resolución de Candidaturas: el 29 de mayo la Junta Electoral publicará la resolución por la cual se aprueba o se rechaza una candidatura. Dicha publicación se hará constar en la página web de la Hermandad, así como en la Secretaria de la Hermandad. En el caso de que una candidatura fuese rechazada por no ajustarse a los criterios contenidos en la normativa antecitada, la Junta Electoral lo comunicará al Hermano Candidato via telefónica y correo electrónico en el que se mencionan los motivos fundados para el rechazo de la misma, teniendo éste un plazo de 15 días naturales (del 30 de mayo al 13 de junio) para subsanar los errores esgrimidos.

Resolución de posibles reclamaciones: el 14 de junio.

Exposición de Candidaturas: del 15 de junio al 29 de junio se expondrán las candidaturas en la Secretaria de la Hermandad para todo aquel hermano interesado en consultarlas (viernes de 19:30 h. a 21:30 h.). Asimismo, podrá también consultarse en la Página Web de la Hermandad en el apartado creado al efecto.

Publicación del Censo Electoral: Del 27 de abril al 26 de mayo, el Censo de Hermanos con Derecho a Voto estarà disponible en la secretaria de la Hermandad los viernes de 19:30 h. a 21:30 h.

De Acuerdo con la Normativa, es requisito indispensable para presentarse a Hermano Mayor aquel hermano que tenga reconocida la condición de Hermano de Pleno Derecho: Ostenten la Mayoria de Edad Civil. Tres años de antigüedad en la Hermandad y estar participando activamente en ella. Reunan los requisitos exigidos por el Derecho Canónico, por la Normativa Complementaria al Estatuto Marco de las Hermandades y Cofradias: Haber Recibido el Sacramento de la Confirmación, o estar iniciado en tiempo prudencial la preparación para recibirlo. No encontrarse en situación irregular. Mantener un tenor de vida acorde a la fe y moral cristianas

Conforme al Articulo 34 de la Normativa Complementaria, con la candidatura deberá aportarse la siguiente documentación:

a) Relación, al menos, de los hermanos que formarían parte de la Junta de Gobierno como Vice- Hermano Mayor, Secretario y Tesorero, con el V° B° del Consiliario de la Hermandad. b) Declaración jurada de su situación familiar. En el supuesto de ser casado, partida de matrimonio canónico. c) Declaración jurada de todos los miembros de la Junta de Gobierno acerca de su situación familiar. d) Relación de los hermanos que avalen la candidatura con su firma y DNI, como mínimo el 5% de los hermanos con derecho a voto (26 personas).

No podrán presentarse a la elección de Hermano Mayor aquellos hermanos a los que les haya sido concedida la distinción honorifica de Hermano Mayor honorario u honorífico, salvo dispensa de la Autoridad Diocesana.

Por último, de acuerdo al Régimen Interno, Capítulo XI-Artículo 4°-Apartado C) 3°, el secretario de la mesa electoral solicitará el DNI de todo aquel hermano que quiera ejercer su derecho a voto para comprobar sus datos en el censo electoral y verificar si está al corriente de pago de sus cuotas anuales, incluida la del año en curso (2023). En caso contrario, no se admitirá su voto.