Los Panaderos suspende el Cabildo General de Salida y el de Cuentas y Presupuestos «hasta nueva orden»

La Junta de Gobierno de la Hermandad de Los Panaderos acaba de anunciar que quedan suspendidos, hasta nueva orden, tanto el Cabildo General de Salida como el de Cuentas y Presupuestos, ambos previstos a celebrar el próximo 18 de febrero del presente. Sin que haya posibilidad de establecer de manera oficial conexión alguna con ello toda vez que ninguna otra información ha trascendido al respecto cabe recordar que hace unas horas, la cuenta oficial de El Llamador, el programa radiofónico cofrade de la radio televisión pública andaluza, Canal Sur, ha difundido un escrito firmado por un grupo de hermanos de la corporación hispalense, dirigido a Miguel Vázquez Lombo, delegado episcopal de asuntos jurídicos para las hermandades y cofradías del archidiócesis de Sevilla.

En el escrito, este grupo de hermanos acusa a la Junta de Gobierno de la Hermandad de vulnerar la regla 84.1 de las Reglas corporativas, motivo por el cual solicita, «habida cuenta (de) la trascendencia y repercusión de los hechos acaecidos para el funcionamiento ordinario de la corporación, la adopción de las medidas cautelares que resulten conducentes en aras del cese, inhabilitación y remoción inmediatos» de los responsables de este presunto incumplimiento, «constatada ostensiblemente la ausencia de idoneidad para el desempeño de las funciones inherentes del cargo».

En el citado escrito, este grupo de hermanos «ante la próxima e inminente celebración el día 18 de febrero de los corrientes del Cabildo General de cuentas, y, sin perjuicio de que en el momento procesal adecuado, se proceda a la impugnación del resultado de dicho cabildo si es el caso, ponemos en conocimiento de la Autoridad eclesiástica» una serie de hechos que considera inadecuados.

La nota explica que «revisadas las cuentas de la Hermandad, con carácter previo a la celebración del Cabildo, entendemos, que de forma absolutamente deliberada y premeditada se ha procedido a incluir una partida de gastos en las cuentas del ejercicio 2024, catalogable ésta como nula de pleno derecho, por transgredir de forma palmaria y manifiesta la Regla 84.1 mediante una interpretación torticera y arbitraria de lo normado constituyendo esto un auténtico fraude de Ley».

«Como es más que cognoscible -prosigue el escrito-, se comete un fraude de ley cuando se realiza un acto jurídico amparándose en el texto una norma de cobertura con la intención de alcanzar objetivos impropios de esa norma y, además, contrarios a la ley». Y añade que «en definitiva, se trata de camuflar o disfrazar una conducta como si fuera otra para burlar una norma», incidiendo en que «es una maniobra fraudulenta, que intenta demostrar una legalidad aparente, no pretendiendo cometer una infracción directa, lo que implicaría la nulidad radical del acto o negocio jurídico realizado».

El escrito desgrana que «la regla 84.1 prescribe textualmente: «Ninguna Junta de Gobierno podrá iniciar proyectos o contraer obligaciones cuyo presupuesto o cuantía supere el 5% del presupuesto de ingresos del año en curso, si no obtiene la previa autorización de un Cabildo General Extraordinario». En este sentido expone que «en la relación de cuentas, existe una partida de gastos por importe de 20.429,69 € que supera holgadamente con creces el 5% del presupuesto en curso ascendente a 209.000 euros», asegurando que «esta partida fue asignada para la restauración de los varales por la empresa/ autónomo Don José María Bernet Cabeza sin pasar por el Cabildo General Extraordinario obligatorio».

La misiva afirma que «advertida esta sorpresa, la razón que se esgrime desde Mayordomía y Secretaría es que no se trata de una única ejecución sino de tres intervenciones distintas de restauración acometidas por el mismo profesional, lo cual ha dado lugar a la emisión de tres facturas distintas, la número 240020 por importe de 6.809,88 € de fecha 11 de Abril de 2.024, la 240022 por importe de 6.809,88 € de fecha 11 de Abril de 2.024 y la 240053 por el mismo importe de 6.809,88 € pero de fecha 11 de octubre de 2.024». Y añade, «que los conceptos de dichas facturas son todas ellas restauración de los varales pero aducen que cada una de esas facturas son una restauración o intervención diferente sobre los varales, pero todos ellos necesarios».

La carta expone que «ante lo expuesto es indefectible la existencia de un fraude de Ley» toda vez que «se ha diseccionado, dividido el importe total en tres pagos, librados a la misma empresa y todos por restauración de los varales», indicando que «es indiferente que una intervención o restauración sea pintura, plata o labores propias de herrería; la cuestión es que los 20.429,69 € son en concepto de la restauración de los varales».

La carta ejemplifica «a título ilustrativo», que «ocurre exactamente igual cuando la AEAT prohíbe efectuar el pago en efectivo de más de 1.000 €, y los más «suspicaces» valiéndose de su argucia y picaresca abonan por un servicio de 2.500 €, en efectivo 1.000€ una vez, otros mil euros una segunda vez y finalmente, un tercer pago de 500€ por tercera vez. Esto, a la sazón, es un supuesto fáctico propiamente subsumible en un fraude de Ley, lo cual está prohibido y lleva aparejada su correspondiente sanción».

La carta afirma que «esta Junta de Gobierno, con el debido respeto y consideración, trata a los hermanos como ignorantes, como neófitos desconocedores de todo contraviene las normas en la constatación de que nunca pasa nada y de que, cómo ya está todo hecho, pues no se derivará consecuencia alguna» y concluye asegurando que «la Junta de Gobierno no sólo demuestra su parcialidad, la persistencia en la vulneración consciente de la Ley, sino también el desprecio absoluto por la democracia interna de la Hermandad, la claridad y la participación de los hermanos en el Cabildo General Extraordinario, que es soberano, y por ende el lugar donde debe manifestarse la voluntad de los mismos libremente expresada».