El reconocimiento efectivo de los derechos de autor de los compositores de música procesional se ha consolidado como una prioridad inaplazable para la Asociación de Compositores de Música Sacra Procesional (MUSAPRO) y la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), que apuestan de manera conjunta por alcanzar un acuerdo consensuado sobre la tarifa aplicable a la comunicación pública de estas obras en el ámbito de las procesiones. Así se puso de manifiesto durante la segunda mesa de trabajo celebrada en el marco del Encuentro Nacional de Compositores de Música Sacra Procesional.
Un debate largamente postergado en el ámbito procesional
La mesa estuvo centrada en una cuestión que ambas entidades vienen abordando desde hace tiempo: la situación jurídica y económica de las composiciones musicales procesionales. La propuesta actualmente en estudio contempla el reconocimiento formal de los derechos de autor y el establecimiento de un pago por la interpretación pública de las obras durante los desfiles procesionales, entendiendo este paso como una necesidad estructural para dignificar la creación musical.
Ponentes y consenso en torno al primer paso
En el debate participaron el abogado Joaquín Moeckel; Amparo Arenas, abogada de la SGAE; José Lucas Chaves, director de la SGAE en Andalucía; y Javier Ribó, director comercial de la entidad. Todos coincidieron en que el primer objetivo irrenunciable es lograr el pleno reconocimiento de los derechos de autor, para posteriormente analizar con rigor tanto la cuantía económica de la retribución como el sistema más adecuado para hacerla efectiva.
Autocrítica y responsabilidad histórica del colectivo
Durante la mesa se apuntó una responsabilidad histórica de los propios compositores, al no haber exigido tradicionalmente ni una retribución económica ni el respeto a sus derechos como autores. Joaquín Moeckel subrayó que se ha extendido la idea de que el compositor debe crear de manera gratuita para una hermandad o una imagen, una concepción que ha calado profundamente en el mundo cofrade. Frente a ello, recordó que en otros oficios vinculados a la vida de las hermandades —como orfebres, floristas o cereros— nadie cuestiona la necesidad de retribución económica, mientras que en la composición musical se asumió durante años que el único pago era el prestigio personal derivado de firmar una marcha para una corporación concreta.
La obra trasciende el ámbito privado
José Lucas Chaves incidió en que cuando una composición sale del ámbito del autor y llega al público, deja de ser un acto privado para convertirse en una comunicación pública. En este contexto, explicó que desde la SGAE se está trabajando junto a MUSAPRO para dar visibilidad y reconocimiento al compositor de música sacra, entendiendo este proceso como el primer tramo de un camino aún largo en la defensa de sus derechos como creadores.
Conciencia autoral y protección integral de la obra
Por su parte, Amparo Arenas puso el acento en la necesaria toma de conciencia del autor, subrayando que el compositor debe asumir la titularidad de su obra y registrarla para protegerse tanto en el plano patrimonial como en el moral. Señaló que la Semana Santa posee una idiosincrasia propia y que, hasta ahora, el autor no tenía plenamente protegida la comunicación pública que se produce en las procesiones. En este sentido, defendió la importancia de concienciar a las bandas para que respeten los derechos de los compositores, advirtiendo de que la falta de reconocimiento y retribución puede derivar en que la creación musical pase a un segundo plano, con la consiguiente merma en la calidad artística.
La cadena de valor comienza en el autor
Javier Ribó destacó que en la cadena que permite que una obra suene en una procesión, el primer eslabón es siempre el autor. Explicó que, aunque los compositores depositan sus obras para su divulgación, hasta ahora no existía una regulación clara sobre su comunicación pública. Recordó que la tarifa general establecida es del 7 %, ya vigente, y precisó que la contratación de una banda no implica automáticamente la autorización de la comunicación pública de la música.
Ribó defendió la necesidad de analizar tarifas alternativas, teniendo en cuenta factores como el número de horas, el número de hermanos o el presupuesto de la banda, subrayando que el pago del derecho no debe recaer sobre las bandas, sino sobre las hermandades. A modo de ejemplo, señaló que por cada mil euros abonados a una banda, 70 euros deberían corresponder al autor, calificando esta proporción como razonable y proporcionada al valor del derecho.
Quién debe abonar los derechos
En el debate sobre el sujeto obligado al pago, Amparo Arenas aclaró que el titular del derecho no es la banda, sino la hermandad, que es quien debe abonar la retribución al autor, mientras que la banda únicamente puede aportar la declaración de ejecución, donde figuran las obras interpretadas. No obstante, este aspecto continuará siendo objeto de estudio y análisis con el fin de alcanzar la solución más adecuada.
Valor cultural, rigor y futuro profesional
Ribó añadió que la implantación del canon contribuirá a poner en valor la composición musical, evitando la creación de obras concebidas únicamente para un fin puntual, y aportando rigor y mayor valor artístico a la procesión. Asimismo, permitirá que los autores tengan una mayor presencia en la educación y la formación, incentivando que la composición procesional pueda convertirse en una profesión con proyección de futuro, situando al autor en el lugar que le corresponde.
El reconocimiento como objetivo irrenunciable
En el turno de preguntas, el compositor y tesorero de MUSAPRO, Manuel Marvizón, defendió que lo fundamental es traspasar el umbral del reconocimiento del derecho, situándolo como prioridad absoluta. A esta tesis se sumó Joaquín Moeckel, quien insistió en que es necesario normalizar la idea de que toda obra musical genera un derecho, subrayando que no debe existir temor a su pago, ya que ello permitirá al autor obtener ingresos, sostener su actividad creativa y favorecer la existencia de una música procesional de mayor calidad.





