María Zarzuela solicita la suspensión cautelar del proceso electoral de la Unión de Hermandades de Jerez tras ser declarada no apta

La candidata presenta un requerimiento canónico ante el Obispado y cuestiona las actuaciones desarrolladas durante el procedimiento electoral

La polémica surgida en torno al proceso electoral de la Unión de Hermandades de Jerez continúa creciendo tras la decisión del Obispado de Asidonia-Jerez de declarar “no apta” la candidatura de María Zarzuela a la presidencia del organismo cofrade. Después de que el pasado viernes de Feria se hiciera pública la inadmisión de su candidatura por supuestos incumplimientos de la normativa diocesana, la hasta entonces aspirante a dirigir el Consejo Local ha dado un paso más presentando diversas acciones tanto en el ámbito canónico como en materia de protección de datos.

La propia María Zarzuela ha remitido este 19 de mayo un escrito formal dirigido al obispo de la diócesis mediante el que solicita la notificación motivada del decreto singular por el que su candidatura fue declarada no apta. En dicho requerimiento canónico reclama igualmente la suspensión cautelar del proceso electoral hasta que, según sostiene, sean subsanadas las irregularidades procedimentales que considera detectadas durante la tramitación del expediente.

Paralelamente, la candidata también ha ejercido ante el delegado diocesano de Protección de Datos el derecho de supresión y rectificación de sus datos personales en relación con la nota difundida el pasado 15 de mayo a través de la página web oficial del Obispado, publicación en la que se comunicó públicamente la inadmisión de su candidatura antes, según denuncia, de haber recibido notificación personal de la resolución.

Un comunicado estructurado en cinco puntos

Junto a estas actuaciones, la hasta el pasado viernes candidata a la presidencia de la Unión de Hermandades de Jerez ha hecho público un extenso comunicado dividido en cinco apartados en el que expone detalladamente su posición sobre todo lo sucedido desde que se conoció oficialmente la decisión adoptada por la autoridad eclesiástica.

En el primero de esos puntos, Zarzuela manifiesta expresamente su “profundo respeto” hacia la autoridad del obispo de Asidonia-Jerez, así como su voluntad de resolver el conflicto dentro de los cauces propios del derecho canónico. Según explica, precisamente por fidelidad a la Iglesia y al ordenamiento eclesial ha decidido acudir a los mecanismos que tanto el Derecho Canónico como el ordenamiento civil reconocen para la defensa de sus derechos como fiel católica.

La candidata defiende que el proceso electoral se encontraba aún en una primera fase

Uno de los aspectos centrales del comunicado gira en torno a la interpretación jurídica del procedimiento electoral. En este sentido, la candidata sostiene que la normativa diocesana vigente establece claramente dos fases diferenciadas dentro del proceso electoral del Consejo Local de Hermandades y Cofradías.

La primera de ellas estaría limitada exclusivamente a la elección del presidente del Consejo y al examen de los requisitos del candidato a la presidencia, de acuerdo con los artículos 22, 23 y 27 de la normativa. Posteriormente se abriría una segunda fase en la que el presidente electo designaría a los miembros de la Comisión Permanente, cuya idoneidad sería evaluada entonces tanto por el propio presidente como por el obispo diocesano, según recogen los artículos 35 y 38.

Además, Zarzuela recuerda que el Decreto episcopal fechado el 5 de abril de 2026 ya establecía expresamente que la documentación correspondiente a los candidatos a la presidencia y a la Permanente debía presentarse “cada cual en su momento”. Por ello sostiene que, en la fecha en que se produjo la inadmisión de su candidatura, el proceso se encontraba todavía en la primera de las dos fases previstas.

Críticas a la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías

Especialmente contundente resulta el tercer apartado del comunicado, donde la candidata expresa su preocupación por la actuación de la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías, organismo al que atribuye la función de velar por el correcto cumplimiento de la normativa electoral.

Según expone, dicho órgano habría incumplido tanto la normativa diocesana como el decreto episcopal de abril de 2026 al anticipar un examen de idoneidad sobre personas que, a su juicio, todavía no tenían jurídicamente la condición de candidatos dentro del procedimiento canónico. Asimismo, lamenta que esa valoración fuese trasladada posteriormente al obispo en unos términos que, según afirma, habrían situado a la autoridad diocesana en una posición especialmente delicada.

En el texto, Zarzuela llega incluso a afirmar que quien debía garantizar la legalidad del procedimiento habría sido precisamente quien terminó apartándose de ella, cuestionando de este modo la actuación desarrollada durante la tramitación del proceso electoral.

La defensa de la buena fama y el recurso a la normativa sobre protección de datos

Otro de los ejes fundamentales del comunicado se centra en la defensa del derecho a la buena fama reconocido por el canon 220 del Código de Derecho Canónico. La candidata considera que la publicación nominativa de la decisión de inadmisión en la página web del Obispado, antes de recibir comunicación personal de la misma, le habría ocasionado un perjuicio cierto a su reputación.

Por ello, sostiene que la defensa de ese derecho no supone una confrontación con la Iglesia, sino una actuación ajustada al propio ordenamiento jurídico canónico aprobado por la institución eclesial. En este contexto, recuerda además que la solicitud de supresión y rectificación de datos personales se ha formulado al amparo tanto del Decreto General de la Conferencia Episcopal Española sobre Protección de Datos como del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea y de la Ley Orgánica 3/2018.

Asimismo, deja constancia expresa de que se reserva la posibilidad de acudir, si fuera necesario, a la Agencia Española de Protección de Datos y a las acciones civiles contempladas en la Ley Orgánica 1/1982 relativa a la protección del derecho al honor.

Llamamiento a la paz cofrade y a unas elecciones con garantías

En el último apartado de su comunicado, María Zarzuela expresa su deseo de que el proceso electoral de la Unión de Hermandades de Jerez pueda desarrollarse con plenas garantías canónicas para todos los candidatos, preservando tanto la dignidad de las personas implicadas como la legalidad eclesial y la paz cofrade de la ciudad.

La candidata concluye además apelando a las palabras del Papa Francisco recogidas en la exhortación apostólica Amoris Laetitia, subrayando que la integración de los fieles en los distintos servicios eclesiales debe prevalecer frente a cualquier dinámica de exclusión precipitada.

Pese a la contundencia de las actuaciones emprendidas, Zarzuela insiste finalmente en que su voluntad continúa siendo que todo este conflicto pueda resolverse dentro del ámbito propio del derecho de la Iglesia y desde la confianza en la autoridad pastoral del obispo de Asidonia-Jerez.