En el Cabildo General Extraordinario celebrado en la noche del pasado catorce de noviembre en el seno de la hermandad del Gran Poder, quedó aprobado por unanimidad el proyecto de reforma de las Reglas de la Hermandad, tras su previa exposición y el debate de la única enmienda presentada sobre una de las reglas reformadas.
La reforma alcanza a un total de 20 reglas, correspondientes a los títulos I a V, y al Título VI -referente a la Caridad y la obra asistencial- en su integridad, y entre otros, sus principales aspectos son los siguientes:
• Adaptación a las Normas Diocesanas de 2016, en aquello en que las vigentes Reglas fueran contrarias a las mismas.
• Modificación de cargos y funciones en la Junta de Gobierno, separando las tareas de Formación, transversales a toda la Hermandad -que quedan a cargo de un diputado concreto- de las propias de atender al colectivo de la Juventud, que podrán ser encomendadas a cualquiera de los oficiales de la Junta de Gobierno. Por otra parte, el Diputado de Obras asistenciales pasa a denominarse Diputado de Caridad.
• Modificación de las fechas de determinados cultos, pasando a celebrarse el del besamanos del Señor en las mismas fechas que la pasada Semana Santa -de Sábado de Pasión a Martes Santo- y en el fin de semana de marzo siguiente al de la celebración de la Solemne Función en su Honor, el besamanos de la Santísima Virgen del Mayor Dolor y Traspaso.
Por razón de celebraciones ya reservadas con antelación en la Basílica, la modificación de las fechas del Besamanos de la Santísima Virgen no entraría en vigor hasta el año 2020.
Asimismo se modifica la conmemoración de las festividades propias de la condición de Basílica Menor de nuestro templo, y se hace optativo el traslado de la memoria de los beatos Spínola y Diego José de Cádiz a la misa de Hermandad de los viernes.
• Nueva regulación de la Obra caritativa y asistencial de la Hermandad recogida en el Título VI. Se persigue canalizar a través de la Bolsa de Caridad, potenciándola, toda la actividad caritativa y asistencial de la Hermandad, reivindicando el concepto de caridad como expresión del amor cristiano en toda su extensión.
Se eliminan de las Reglas cuestiones organizativas y de funcionamiento, que se remiten a un Reglamento por desarrollar, y se crean dentro de la Bolsa distintas áreas de actividad, con coordinadores específicos en su caso, y una Comisión -dentro de la propia Bolsa de Caridad- para la determinación de las ayudas económicas.
Esta modificación de Reglas no surtirá efecto hasta su aprobación por la Delegación episcopal de asuntos jurídicos de las Hermandades y Cofradías, a la cual será remitida en breve.
En imágenes, el besamanos de la Virgen de los Dolores, de la Hermandad del Descendimiento
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