La Hermandad del Sagrado Descendimiento de Montilla muestra su satisfacción por la concesión de un tiempo jubilar por el tricentenario de la canonización de San Francisco Solano

La Hermandad del Sagrado Descendimiento de Montilla ha mostrado su satisfacción por el anuncio de un periodo jubilar extraordinario con motivo del tercer centenario de la canonización de San Francisco Solano, después de que la Penitenciaría Apostólica concediera la Indulgencia plenaria para esta conmemoración y el obispo de Córdoba, Jesús Fernández González, promulgara el correspondiente decreto diocesano. Según ha informado la corporación, la parroquia de San Francisco Solano de Montilla vivirá desde el próximo 14 de julio y hasta finales de año unos meses jubilares concebidos como un tiempo de gracia, renovación espiritual y fortalecimiento de la devoción solanista.

El decreto episcopal, fechado bajo el protocolo S. Nº 2026/05/236, establece que el Año Jubilar dará comienzo el 14 de julio de 2026 y concluirá el 27 de diciembre del mismo año, una celebración que encuentra su origen en la concesión realizada por la Penitenciaría Apostólica el pasado 23 de febrero, registrada bajo la referencia Prot. Nº 209-210/26/1, con motivo de los trescientos años de la canonización de San Francisco Solano, figura profundamente vinculada a la religiosidad popular de Montilla.

La indulgencia plenaria podrá obtenerse participando en los actos jubilares y visitando el templo de San Francisco Solano

El documento firmado por el obispo cordobés detalla las condiciones bajo las cuales los fieles podrán lucrar la indulgencia plenaria, precisando que deberán encontrarse verdaderamente arrepentidos de sus pecados y cumplir las condiciones habituales establecidas por la Iglesia: confesión sacramental, participación en la Eucaristía y comunión, además de la oración por las intenciones del Santo Padre.

Entre las disposiciones recogidas en el decreto se contempla que los fieles que, individual o colectivamente, visiten el templo parroquial de San Francisco Solano en Montilla con intención de obtener la indulgencia y participen devotamente en los ritos jubilares, o dediquen un tiempo razonable a la meditación, podrán beneficiarse de esta gracia espiritual, concluyendo su visita con el rezo del Padre Nuestro, el Credo y una oración a la Virgen Santísima.

Los enfermos y personas impedidas podrán unirse espiritualmente al Jubileo

El decreto presta igualmente atención a las personas mayores, enfermas o legítimamente impedidas por causa grave, estableciendo que quienes no puedan desplazarse al templo parroquial o rezar ante la imagen de San Francisco Solano podrán obtener igualmente la indulgencia plenaria si participan espiritualmente en las celebraciones jubilares.

Para ello, deberán seguir las retransmisiones a través de radio, televisión o internet, realizar las oraciones prescritas ante otra imagen del santo, manifestar rechazo al pecado y mantener la intención de cumplir tan pronto como sea posible las tres condiciones ordinarias exigidas por la Iglesia, además de ofrecer sus oraciones y sufrimientos por la conversión de los pecadores y la extensión del Reino de Cristo.

Asimismo, el documento señala que la indulgencia podrá ser aplicada por los fieles a sí mismos o en sufragio por las almas del Purgatorio, siguiendo la tradición doctrinal de la Iglesia en materia de indulgencias.

El Obispo llama a intensificar la confesión y la vida sacramental durante el Jubileo

En el texto episcopal, Jesús Fernández González subraya que este tiempo jubilar debe entenderse como una oportunidad privilegiada para la reconciliación espiritual, insistiendo en la necesidad de una adecuada preparación mediante el sacramento de la Penitencia, indispensable para alcanzar el estado de gracia necesario para lucrar la indulgencia plenaria.

El prelado recuerda igualmente la doctrina de la Iglesia sobre las indulgencias, citando expresamente el Catecismo de la Iglesia Católica y el Código de Derecho Canónico, donde se define la indulgencia como la remisión ante Dios de la pena temporal derivada de pecados ya perdonados, obtenida bajo determinadas condiciones por mediación de la Iglesia.

Siguiendo las indicaciones de la Penitenciaría Apostólica, el obispo ha pedido además al párroco y a los sacerdotes del arciprestazgo que se muestren especialmente disponibles y generosos para facilitar la administración individual del Sacramento de la Penitencia durante los meses jubilares.

Catequesis, evangelización y acción caritativa marcarán el desarrollo del Año Jubilar

Más allá de la dimensión estrictamente litúrgica, el decreto plantea este Jubileo como una oportunidad para impulsar iniciativas catequéticas, evangelizadoras y sociales, promoviendo actividades dirigidas a niños, jóvenes y adultos, así como acciones de carácter caritativo orientadas a las personas más necesitadas.

La celebración del tricentenario de la canonización de San Francisco Solano aparece así vinculada no solo a la acción de gracias y al fortalecimiento de la fe, sino también al compromiso con los desafíos del presente, favoreciendo el crecimiento de la vida cristiana y alimentando la aspiración a la santidad entre los fieles y devotos del santo montillano.

La Hermandad del Sagrado Descendimiento de Montilla ha trasladado este anuncio como una noticia recibida “con gran alegría”, destacando el significado espiritual de un acontecimiento que situará a la parroquia de San Francisco Solano en el centro de una intensa programación religiosa durante los próximos meses y que convertirá este aniversario en uno de los hitos más relevantes para la devoción solanista en Montilla durante 2026.