El Carmen de Puerta Nueva celebrará elecciones el próximo 26 de enero

Un nuevo proceso electoral se avecina en el seno de la Córdoba cofrade, en concreto en la Hermandad de la Virgen del Carmen de Puerta Nueva, una vez concluido el mandato de la actual Junta de Gobierno que preside Juan Manuel Vargas Padilla.

El cabildo de elecciones se celebrará el próximo día 26 de enero de 2025, en primera convocatoria a las 11.00 h. y segunda convocatoria a las 11.15 horas en las dependencias de la sede canónica de la Hermandad letífica situada en la Parroquia del Carmen de Puerta Nueva.

El plazo para consultar el censo electoral dará comienzo el 26 de noviembre y concluirá el 14 de diciembre. Durante ese periodo permanecerá expuesto el censo de votantes en la secretaria de la Hermandad. Se incluirán en el censo todos los hermanos que, no estando en baja provisional por no estar al corriente en el pago de sus cuotas, hayan cumplido los 18 años de edad en el día señalado para las elecciones.

Durante ese plazo los hermanos podrán solicitar las rectificaciones que consideren oportunas, siempre atendiendo y dando estricto cumplimiento a lo estipulado en la legislación civil sobre protección de datos personales. Atendiendo al REGPD, la consulta del censo será de carácter personal. Los hermanos solamente podrán solicitar información propia acreditando su identidad previamente (D.N.I.) no quedando a su disposición el censo completo de todos los hermanos. Transcurrido el citado periodo se procederá al cierre del censo que se remitirá a la Delegación Diocesana de sus cuotas y poder ser incluidos en el censo.

Los hermanos de la Hermandad que deseen presentar su candidatura y reunan las condiciones exigidas, deberán presentarlas en el plazo establecido, antes de las 20:00 del 26 de diciembre de 2024. La resolución de las candidaturas se publicará el 27 de diciembre de 2024. Las reclamaciones serán presentadas de 28 de diciembre 2024 al 31 de diciembre, publicando la Junta Electoral resolución definitiva en su caso el viernes 3 de enero se 2025.

El impreso de solicitud de candidatura se realizará según modelo oficial facilitade Junta Electoral.

Podrán presentarse como candidatos a la Junta de gobierno aquellos hermanos que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Los que exigen para ser miembro de la Junta de Gobierno.
  2. Tener una antigüedad en la Hermandad desde la última alta, al menos de 5 años como hermano.
  3. Ser avalada su candidatura por, al menos, el 5% de los hermanos con derechos.
  4. Ser mayor de 25 años.
  5. Tener fija la residencia en la ciudad de Córdoba.
  6. Residir en Córdoba o a lo sumo en un lugar desde que le sea posible para cumplir con su misión, y reúna las condiciones exigidas en los Estatutos en vigor, puedan ostentar cargos en otra Junta de Gobierno de Hermandad y no ejercer cargo de dirección en partido político o asociaciones de índole política.
  7. Presentar con su candidatura copia del DNI -o documento oficial equivalente caso de extranjeros-, certificado de bautismo, declaración jurada de su situación familiar regular y, en su caso, certificado de matrimonio.
  8. Seguir los programas de formación, especialmente aquellos orientados a contemplar la iniciación cristiana, organizados por la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías o por los Consejos locales de Herman Cofradías.
  9. Presentar relación, al menos, de los hermanos que formarían parte de la Gobierno como Vice-Hermano Mayor, Secretario y Tesorero, con el Consiliario de la Hermandad.
  10. Declaración jurada de todos los miembros de la Junta de Gobierno acerca de su situación familiar.

La carencia total o parcial de la documentación expuesta, no podrá ser objeto de subsanación una vez concluido el perido de presentación de candidatura y dará lugar al rechazo de la candidatura.

Conforme a lo dispuesto, se adopta el sistema de candidatura cerrada, cuya relación se expondrá durante los quince días anteriores a la fecha del Cabildo, para conocimiento de los votantes,

Esta Hermandad se rige en todo lo referente al Cabildo General de Elecciones por lo establecido en lo dispuesto en las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías y las Reglas vigentes.