El gobierno socialista de Sánchez exige a Los Dolores los criterios de selección de costaleros para seguir explotando un problema artificial

El Instituto de las Mujeres, organismo dependiente del Ministerio de Igualdad, ha instado a la Hermandad de Nuestra Señora de los Dolores de Córdoba a facilitar un informe detallado sobre los criterios que rigen la selección de costaleros en la cuadrilla de la Virgen, tras la recepción de una denuncia que cuestiona la exclusión de mujeres.

El origen del expediente se sitúa en la igualá celebrada el 30 de noviembre de 2025, momento en el que, según la documentación trasladada al organismo, se habría impedido la participación femenina y rechazado la formación de grupos mixtos sin que mediara, conforme a la denuncia, una justificación basada en criterios objetivos de carácter técnico, doctrinal o pastoral.

Negativa de la hermandad y recorrido del procedimiento

Tras estos hechos, la familia de una de las aspirantes presentó un escrito solicitando la revocación de la decisión adoptada, petición que fue desestimada. En una respuesta fechada el 15 de enero de 2026, el capataz fundamentó su postura en la necesidad de garantizar condiciones adecuadas de capacidad física, resistencia, estatura y correcta distribución del peso del paso, elementos considerados determinantes para la conformación de la cuadrilla.

La familia reiteró su solicitud mediante nuevos escritos, insistiendo en la participación de la joven, encontrando nuevamente una negativa tanto por parte del capataz como del Hermano Mayor. Posteriormente, el asunto fue elevado a la Agrupación de Hermandades y Cofradías de Córdoba y, finalmente, al Obispado de la diócesis, agotando así las vías internas.

Posición de la diócesis y ausencia de regulación expresa

La Diócesis de Córdoba determinó que la organización de los cortejos procesionales corresponde al ámbito competencial propio de cada hermandad, subrayando la autonomía de estas corporaciones en la adopción de sus decisiones internas.

A esta circunstancia se suma que los estatutos de la hermandad, como es lógico porque la selección de la cuadrilla es potestad exclusiva del capataz, no recogen de forma expresa los criterios de selección de costaleros, lo que ha impedido al Instituto de las Mujeres realizar comprobaciones regladas sobre los extremos de la denuncia. Por este motivo, el organismo ha solicitado información concreta sobre dichos criterios, así como su eventual análisis y revisión, con el objetivo de valorar la adopción de medidas que promuevan el acceso en condiciones de igualdad.

La configuración de la cuadrilla y la potestad del capataz

Conviene recordar que en cualquier cofradía, la organización de la cuadrilla de costaleros se fundamenta en un criterio eminentemente subjetivo, en el que el capataz ejerce una potestad basada en la confianza personal y en su valoración técnica directa. Este sistema no responde exclusivamente a parámetros cuantificables, sino que incorpora elementos como la cohesión del grupo, la experiencia previa y la idoneidad funcional de cada integrante. Así ha sido siempre y así debe seguir ocurriendo y pretender introducir una diferenciación de los criterios adoptados por el hecho de que el aspirante sea una mujer sí que sería una auténtica discriminación al pretender que se mida con distinto rasero a una aspirante femenina respecto a los aspirantes masculinos.

Desde esta lógica, la elección de los miembros de la cuadrilla constituye una facultad personal e intransferible del capataz, de modo que no resulta posible imponer incorporaciones externas si no se consideran adecuadas para el desempeño del trabajo, con independencia de factores ajenos a los criterios propios de la función. Una polémica artificial que carece de cualquier respaldo social en el seno del universo cofrade, que únicamente obedece a la manipulación política que habitualmente lo ensucia todo.

Interpretación del conflicto y origen de la controversia

El desarrollo de este procedimiento no es más que una injerencia externa ajena a la realidad interna del mundo cofrade, al no existir un conflicto social real ni un debate asentado dentro de las hermandades sobre esta cuestión. En este sentido, la controversia responde a una actuación impulsada desde ámbitos políticos concretos, vinculados a posiciones ideológicas de izquierda, orientada a articular de forma artificial un problema inexistente en el funcionamiento ordinario de las corporaciones penitenciales.

Bajo esta perspectiva, el episodio se articula como una instrumentalización deliberada de una situación puntual, proyectada como un cuestionamiento generalizado hacia las hermandades, entidades que mantienen su autonomía organizativa y no presentan demanda interna de modificación en este ámbito.