El juzgado decreta el sobreseimiento provisional de las actuaciones contra la infame exposición “Maculadas sin remedio”

El juzgado de instrucción número 1 de Córdoba ha decretado el sobreseimiento provisional de las actuaciones contra la exposición “Maculadas sin remedio” que acogió entre mayo y junio de 2019 el Palacio de la Merced y donde el cuadro ‘Con Flores a María’ fue rajado de arriba a abajo por una persona que no fue identificada. La resolución expone que “no ha quedado probado que existiera por parte de las autoras de las obras un dolo específico de ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa”.

Así lo ha adelantado el medio digital de extrema izquierda El Diario, que recientemente ha absorbido al medio digital cordobés, también de extrema izquierda, Cordópolis. Contra esta decisión cabe recurso ante la Audiencia provincial si bien no parece que el asunto pueda tener mayor recorrido salvo que lo que se pretenda sea seguir concediendo publicidad gratuita a una serie de presuntas artistas intrascendentes desconocidas por el gran público antes y después de la infame muestra.

Adicionalmente considera que no ha quedado » acreditado que los hechos constituyan un delito contra los sentimientos religiosos del artículo 525 del Código Penal” y añade que «las investigadas realizaron dichas obras como forma de expresión artística, cuyo gusto puede ser cuestionado, pero que en todo caso no tuvo como propósito deliberado ofender o vejar sentimientos religiosos, sino contribuir a un debate público-político sobre el papel de la mujer en el seno de una sociedad considerada por las artistas como patriarcal y discriminatoria señalando el prototipo de mujer expuesta en la pintura barroca de Murillo».

Ya en junio de 2019 la Fiscalía Provincial de Córdoba acordaba archivar las denuncias del PP y de la asociación Presencia Cristiana contra la exposición ‘Maculadas sin remedio’. Según recoge el Ministerio Público en su resolución, «no está acreditado suficientemente» que las imágenes utilizadas supongan «un escarnio de los dogmas, creencias, ritos o ceremonias de la Iglesia Católica, de acuerdo con la doctrina jurisprudencial». Tampoco considera «suficientemente acreditado que la intención de la autora de la obra haya sido la de ofender los sentimientos de los miembros de la religión católica, sino reivindicar sus ideas, con mayor o menor acierto», algo que la Fiscalía no entra a valorar, todo ello en un documento de unos 13 folios.

De este modo, se acuerda el archivo de las diligencias de investigación al entender que «no están suficientemente acreditados que los hechos denunciados sean constitutivos de infracción penal», como advertían el PP y la citada asociación sobre la exposición, que generó diversas protestas de colectivos católicos, en contra, y también feministas, a favor.