La Candidatura de Santi Suero a hermano mayor de Los Panaderos emite un comunicado sobre la repetición de las elecciones

La Candidatura a hermano mayor de la Hermandad de Los Panaderos, encabezada por Santi Suero, acaba de emitir un comunicado valorando la repetición de las elecciones que afrontará la corporación hispalense «tras recibir el Decreto nº de protocolo 14/25, emitido por el Delegado Episcopal de Asuntos Jurídicos para las Hermandades y Cofradías, en respuesta a nuestro recurso de impugnación del Cabildo General de Elecciones celebrado el pasado 25 de Octubre de 2024», con el objetivo de «citar textualmente el fundamento jurídico en que se basa la resolución y lo que decreta».

El comunicado destaca el párrafo En el que se indica que «en relación con este mismo asunto, esto es, la admisión a votar de un hermano no incluido en el censo, aparece en la revisión exhaustiva llevada a cabo con motivo de la impugnación una incidencia destacable».

Y añade que «efectivamente, repasadas tanto las listas de votación que el secretario de cada mesa electoral debía ir elaborando y las copias del censo electoral de cada uno de los interventores de cada mesa, se detecta que en la mesa denominada «a» votó […] (omitido dato personal) que ni aparece en las copias del censo de dicha mesa ni está señalado como una de las siete incidencias a la que se ha aludido en el punto uno de este decreto-estar anotado en la lista y no haber votado. Quiere ello decir que fue admitido a votar un hermano que no estaba incluido en el censo, introduciéndose así una duda razonable sobre la certeza del resultado final».

Subraya, igualmente el párrafo En el que se indica que «en consecuencia, y en uso de la potestad que me confiere el Art. 62 del Estatuto de la Curia Diocesana de Sevilla, vengo a decidir y decido por el presente la repetición del Cabildo General de Elecciones de la Pontificia, Real, Ilustre y Fervorosa Hermandad y Archicofradía de Nazarenos de Nuestro Padre Jesús del Soberano Poder en su Prendimiento, María Santísima de Regla y San Andrés Apóstol, de Sevilla, que habrá de celebrarse lo antes posible y según Derecho».

El comunicado destaca también el párrafo en el que senindica que «el Proceso Electoral se retrotraerá estableciéndose un nuevo plazo de revisión del censo, sin necesidad de disponer el de presentación de candidaturas, reteniéndose como tales las ya presentadas en su día».

Enfatiza, además el hecho de que «se llevarán a cabo las adaptaciones necesarias de lo establecido en las Reglas en virtud de la disposición del punto segundo desde este Decreto» y que «una vez acordado por la Junta de Gobierno el calendario electoral se comunicará a esta Delegación Episcopal».

Por otra parte, hace hincapié en que «se exhorta a la Junta de Gobierno al cumplimiento diligente e íntegro de todo lo prescrito en las Normas Diocesanas y en las Reglas de la Hermandad que no haya sido derogas por aquellas, que incluye lo referente al voto por correo» y concluye subrayando el párrafo en el que se recuerda que «contra esta resolución cabe interponer recurso ante el Ilmo. Sr. Vicario General, según el procedimiento y los plazos establecidos por el derecho».