La Hermandad del Buen Suceso modifica su calendario electoral por indicación de Palacio

La nueva convocatoria elimina la obligatoriedad de estar corriente al pago para poder ejercer el derecho al voto

La Hermandad del Buen Suceso ha remitido un comunicado a sus hermanos en el que informa de una actualización del calendario electoral y de diversos aspectos organizativos del proceso actualmente en curso, una modificación que se produce por indicación de Palacio, a través de la delegación diocesana de hermandades y cofradías.

La Junta Electoral se dirige a los hermanos para explicar que, tras una revisión detallada del desarrollo del proceso y con el objetivo de garantizar la máxima participación, claridad y seguridad jurídica, se ha considerado conveniente ajustar determinados plazos y requisitos, de modo que el procedimiento se desarrolle con plena normalidad y conforme a la normativa aplicable.

Como consecuencia de esta revisión, el plazo de presentación de candidaturas a hermano mayor queda fijado hasta el 25 de diciembre de 2025, inclusive. La publicación de las candidaturas admitidas o rechazadas se realizará entre los días 26 y 28 de diciembre de 2025, estableciéndose posteriormente un plazo de reclamaciones comprendido entre el 29 de diciembre de 2025 y el 1 de enero de 2026, ambos inclusive. Las resoluciones de dichas reclamaciones se producirán entre el 2 y el 4 de enero de 2026, quedando señalado el cabildo general de elecciones para el 25 de enero de 2026.

En el comunicado se recuerda igualmente que, para optar al cargo de hermano mayor, será necesario contar con una antigüedad mínima de cinco años como hermano, manteniéndose el resto de requisitos ya establecidos en la convocatoria. En cuanto al derecho de voto, podrán ejercerlo todos los hermanos mayores de edad con una antigüedad mínima de un año, conforme a lo previsto en los estatutos.

Esta actualización de plazos obedece a una reclamación interpuesta por un hermano, que, además de impugnar las propias elecciones e incluso la composición de la mesa electoral, entendía que el plazo de presentación de candidaturas a hermano mayor incluido en la convocatoria original no era correcto. La delegación diocesana de Hermandades le ha dado la razón en este último aspecto, por lo que la Hermandad se ha visto obligada a modificar el calendario.

A resultas de esta impugnación, en Palacio se ha considerado que uno de los requisitos recogidos en dicha convocatoria contravenía lo establecido en los estatutos de la corporación de San Andrés, concretamente la obligación de estar al corriente de pago para poder ejercer el derecho a voto, ya que la normativa interna de la Hermandad no especifica nada concreto al respecto, exigencia que ha sido eliminada en la nueva convocatoria remitida a los hermanos.

Desde la Junta Electoral se traslada un mensaje de serenidad y confianza, reafirmando el compromiso de que este proceso electoral sea un ejercicio de participación fraterna, vivido con espíritu de hermandad, respeto y responsabilidad, en beneficio del bien común de la corporación, agradeciendo la comprensión y colaboración de todos los hermanos y quedando a disposición de quienes deseen realizar cualquier consulta o aclaración.