La SGAE cobrará el 7 % a las hermandades por las marchas procesionales a partir de la Semana Santa de 2027

La entidad prevé aplicar una tarifa sobre el presupuesto de contratación de las bandas y defiende el reconocimiento de los compositores de música procesional

Las hermandades y cofradías tendrán que afrontar próximamente una nueva obligación económica vinculada a la interpretación de marchas procesionales. La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) ha aprobado una tarifa que establece el pago del 7 % del presupuesto destinado a la contratación de las bandas que acompañen a las corporaciones, una medida cuya entrada en vigor se prevé para la Semana Santa de 2027.

Así lo ha explicado José Lucas Chaves, director territorial de la SGAE en Andalucía, Canarias, Ceuta y Melilla, durante una entrevista concedida al programa Evocación, de Canal Sur Radio, en la que ha abordado el proceso de regulación de los derechos de autor asociados a la música sacra procesional y las implicaciones que tendrá para las entidades organizadoras de los cortejos.

Una iniciativa impulsada por los propios compositores

La decisión de establecer esta tarifa se enmarca en un proceso de trabajo que la SGAE lleva desarrollando desde hace años con el propósito de otorgar mayor visibilidad y reconocimiento a los autores de las composiciones procesionales.

Chaves ha explicado que fueron los propios compositores quienes trasladaron a la entidad la necesidad de abordar esta cuestión y establecer un marco que permitiera atender sus reivindicaciones. «Llevamos muchos años intentando visibilizar y dar el lugar que corresponde a los autores de la música sacra procesional», ha manifestado.

Según su relato, las primeras conversaciones desembocaron en la creación de mesas de trabajo destinadas a estudiar las particularidades de este ámbito musical. De aquellas reuniones surgió Musapro, una asociación de compositores de ámbito nacional que se ha convertido en uno de los referentes de esta iniciativa.

La SGAE ha extendido posteriormente estos encuentros a distintos territorios españoles. «A partir de ahí decidimos replicar estos encuentros en el resto de España, que es lo que estamos haciendo ahora en Zaragoza, Castilla-La Mancha, Castilla y León… y, por supuesto, en Andalucía, que es la madre de todo esto», ha señalado el responsable territorial.

El 7 % recaerá sobre quien contrate a la formación musical

La tarifa destinada a regular el uso de la música procesional ya ha sido aprobada por el Ministerio de Cultura y se encuentra incorporada al libro de tarifas de la SGAE, según las explicaciones ofrecidas por Chaves.

El porcentaje fijado asciende al 7 % del presupuesto empleado en la contratación de la banda. El pago deberá ser asumido por la hermandad o por la entidad que se encargue de formalizar la contratación de la formación musical, en función de cada caso.

La SGAE ha precisado que el cobro no se efectuará directamente a las bandas, puesto que el objetivo es diferenciar entre quienes interpretan las composiciones y quienes son sus creadores. «Para nosotros es clave que se diferencie entre el que ejecuta la música y el que crea la música. Por eso nosotros no cobramos a la banda», ha declarado el director territorial.

De esta manera, la tarifa no se aplicará por el mero hecho de organizar una procesión o incorporar una banda al cortejo, sino por la gestión de los derechos de autor correspondientes a las obras musicales que se interpreten durante el acompañamiento.

Los conciertos y certámenes también estarán sujetos a derechos

Aunque el impacto económico de la medida constituye uno de sus aspectos más relevantes para las corporaciones, la SGAE insiste en que la iniciativa persigue también reivindicar la autoría de quienes se encuentran detrás de cada composición.

«No solamente es un tema de recaudación, sino también de visibilización de los propios autores de esta música. La banda puede tocar música más antigua o más moderna, pero siempre hay un autor detrás», ha afirmado Chaves.

La aplicación de este sistema requerirá la participación coordinada de hermandades, bandas de música, compositores y la propia SGAE, dado que todos estos agentes intervienen, de una u otra manera, en la difusión e interpretación del repertorio procesional.

La regulación no se limitará a las salidas penitenciales. Los conciertos y certámenes de bandas también estarán sujetos al pago de derechos de autor, aunque la tarifa aplicable a estas actividades podría ser diferente de la prevista para los acompañamientos musicales de las procesiones.

Las marchas de dominio público quedan fuera del cobro

Una de las cuestiones que suscita mayor interés entre las hermandades es la relativa a las composiciones que ya no están protegidas por derechos de autor. De acuerdo con la normativa mencionada por Chaves, las obras pasan a ser de dominio público cuando han transcurrido 70 años desde el fallecimiento de su autor, circunstancia que permite su utilización sin el pago de los derechos correspondientes a la autoría original.

Este supuesto podría llevar a algunas corporaciones a plantearse la utilización exclusiva de marchas exentas de derechos para evitar el abono de la tarifa. Sin embargo, el representante de la SGAE ha advertido de que el repertorio libre de derechos constituye una parte limitada de las obras que se interpretan habitualmente.

«No hay tantas marchas exentas de derechos de autor. La gran mayoría de las que se tocan son relativamente recientes», ha apuntado.

Entre los compositores cuyas obras podrían encontrarse en el ámbito del dominio público se encuentran los miembros de la familia Font, López Farfán y Beigbeder, mientras que las composiciones de Pantión, Gámez, Morales y los autores contemporáneos continuarían sujetas a la correspondiente protección, conforme a las circunstancias de cada obra.

Además, será necesario distinguir entre la composición original y las adaptaciones posteriores. Chaves ha aludido expresamente al caso de Pasan los Campanilleros, cuya interpretación deberá tener en cuenta si se trata de la versión original o de un arreglo más reciente que pueda mantener derechos de autor propios.

La cesión de derechos a una hermandad puede modificar el destinatario del cobro

Otro de los escenarios contemplados en la futura aplicación de la tarifa es el de las marchas procesionales cuyos derechos de autor hayan sido cedidos por sus creadores a una hermandad.

En este supuesto, si un compositor compone una marcha dedicada a una corporación y le transfiere los derechos de autor, será la propia hermandad la que perciba el importe correspondiente a la tarifa establecida cuando la obra sea interpretada.

Esta posibilidad introduce una particularidad en el sistema de gestión de derechos, puesto que la entidad que contrate a la banda podría tener que abonar una cantidad vinculada a una composición cuyos derechos económicos hayan sido cedidos a la propia corporación.

La SGAE prevé que el sistema esté operativo en 2027

Aunque la tarifa ya ha recibido la aprobación del Ministerio de Cultura y figura en el marco tarifario de la SGAE, todavía no se ha establecido un calendario formal para la implantación definitiva del cobro.

José Lucas Chaves ha advertido de que la puesta en marcha del sistema requiere un proceso de información y coordinación con los sectores implicados. «Esto no es una cosa que se hace de la noche a la mañana», ha señalado durante la entrevista.

A partir de ahora, la entidad deberá desarrollar una labor de comunicación y divulgación dirigida a las hermandades, los consejos de cofradías y los ayuntamientos, con el objetivo de explicar el alcance de la medida y facilitar su aplicación.

Pese a la ausencia de plazos oficiales, el responsable territorial de la SGAE se ha mostrado confiado en que el proceso pueda culminar en los próximos meses. «Creo y espero que para la Semana Santa del año que viene estará vigente», ha afirmado, en referencia a la celebración de 2027.

De cumplirse esta previsión, las hermandades tendrán que incorporar a su planificación económica el coste derivado de los derechos de autor de las marchas interpretadas por las bandas que acompañen a sus titulares. La medida abre así una nueva etapa en la relación entre el patrimonio musical procesional, sus creadores y las entidades encargadas de preservar y difundir este repertorio.