La Santa Sede rechaza llamar “Corredentora” a la Virgen, cuestiona el término «Mediadora» y “corrige” a Juan Pablo II

El Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha hecho pública en esta jornada la Nota Doctrinal titulada Mater Populi Fidelis, un documento de alto valor teológico que establece con precisión los títulos que pueden ser atribuidos a la Virgen María en el marco de la devoción católica. La publicación, firmada por el cardenal Víctor Manuel Fernández, prefecto del Dicasterio, y por monseñor Armando Matteo, secretario de la sección doctrinal, fue aprobada por el Papa León XIV el pasado 7 de octubre, tras un largo y articulado proceso de elaboración colegiada.

Este texto doctrinal se centra en la figura de María como Madre de los creyentes, y ofrece una sólida fundamentación bíblica, patrística y teológica. Recoge aportaciones de los Padres de la Iglesia, de los Doctores, elementos de la tradición oriental y reflexiones de los pontífices más recientes. La Nota reafirma que toda expresión mariana debe estar orientada hacia la centralidad de Cristo y su obra redentora, evitando formulaciones que puedan oscurecer esta verdad esencial.

En este marco, el documento distingue entre denominaciones que enriquecen la devoción mariana y aquellas que, por su ambigüedad doctrinal o por sus implicaciones teológicas, deben evitarse. Entre los títulos valorados positivamente se encuentran “Madre de los Creyentes”, “Madre Espiritual” y “Madre del Pueblo Fiel”. En cambio, se desaconseja el uso del título “Corredentora”, considerado impropio por el riesgo de confusión que genera respecto a la mediación única de Cristo. Asimismo, el título “Mediadora de todas las gracias” se considera aceptable únicamente en sentidos muy específicos, con advertencias sobre su interpretación.

Respecto al término “Corredentora”, la Nota recuerda que algunos pontífices lo han utilizado sin una explicación detallada, generalmente en relación con la maternidad divina de María o con su unión con Cristo en la cruz. Sin embargo, el Concilio Vaticano II decidió no emplearlo por razones dogmáticas, pastorales y ecuménicas. San Juan Pablo II lo utilizó en al menos siete ocasiones, vinculándolo al valor salvífico del sufrimiento ofrecido junto al de Cristo, especialmente en el contexto de la cruz.

En febrero de 1996, la entonces Congregación para la Doctrina de la Fe debatió la posibilidad de proclamar un nuevo dogma sobre María como “Corredentora o Mediadora de todas las gracias”. El entonces cardenal Joseph Ratzinger, futuro Benedicto XVI, se mostró contrario a esta iniciativa, señalando que los títulos carecían de claridad doctrinal y fundamento suficiente en la Escritura y la tradición apostólica. En 2002, reafirmó públicamente que la fórmula “Corredentora” se alejaba del lenguaje bíblico y patrístico, generando malentendidos. Aunque reconocía buenas intenciones en su uso, consideraba que se trataba de un vocablo erróneo.

El Papa Francisco ha manifestado en al menos tres ocasiones su oposición al uso del título “Corredentora”. La Nota concluye que su empleo resulta siempre inoportuno, ya que puede desvirtuar la mediación exclusiva de Cristo y alterar el equilibrio doctrinal de la fe. Cuando una expresión requiere constantes aclaraciones para evitar desviaciones, se vuelve inconveniente para la vida de fe del Pueblo de Dios.

En cuanto a la mediación mariana, el documento subraya que la mediación de Cristo es única y exclusiva, conforme a la enseñanza bíblica. No obstante, reconoce que el término “mediación” tiene un uso amplio en diversos ámbitos, donde se entiende como cooperación o intercesión. En este sentido, María puede ser considerada mediadora subordinada, sin añadir eficacia alguna a la mediación de Jesucristo. Asimismo, se reconoce que María desempeñó una mediación real al posibilitar la Encarnación del Hijo de Dios en la humanidad.

La función materna de María no compite con la mediación de Cristo, sino que la manifiesta. Lejos de debilitar la adoración debida exclusivamente a Cristo, la maternidad de María la estimula. Por ello, deben evitarse expresiones que la presenten como un “pararrayos” ante la justicia divina, como si fuera necesaria ante una supuesta insuficiencia de la misericordia de Dios.

El título “Madre de los creyentes” permite hablar de una acción mariana en relación con la vida de gracia, aunque se advierte sobre formulaciones que puedan transmitir contenidos doctrinalmente cuestionables. El cardenal Ratzinger también expresó reservas sobre el título “Mediadora de todas las gracias”, señalando su escasa fundamentación en la Revelación. El documento reconoce las dificultades que este título plantea tanto en la reflexión teológica como en la espiritualidad.

La Nota afirma que ninguna persona humana, ni siquiera los apóstoles o la Virgen María, puede actuar como dispensadora universal de la gracia, prerrogativa que corresponde únicamente a Dios, a través de la humanidad de Cristo. Aunque el título “Mediadora de todas las gracias” puede tener un sentido aceptable si se refiere a la intercesión materna en momentos concretos de la vida, debe evitarse toda formulación que la presente como canal exclusivo o necesario de la misericordia divina.

Finalmente, el documento reconoce que la expresión “gracias”, referida a la ayuda materna de María en distintos momentos de la vida, puede tener un sentido legítimo. El uso del plural expresa todos los auxilios, incluso materiales, que el Señor puede conceder atendiendo a la intercesión de su Madre.