El Ayuntamiento publica la relación íntegra de solicitantes al Concurso Municipal de Cruces de Mayo 2026 y activa el trámite de subsanación

Aprobación de las bases y calendario del procedimiento

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba aprobó en sesión ordinaria celebrada el 20 de octubre de 2025, mediante el acuerdo número 1171/25, las Bases Reguladoras del Concurso Municipal de Cruces de Mayo 2026, articulando así el marco normativo de una de las celebraciones más emblemáticas del calendario festivo local. Con posterioridad, el 13 de noviembre de 2025, el extracto de la convocatoria fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 218, estableciéndose el plazo de presentación de solicitudes entre el 7 de enero y el 3 de febrero de 2026, ambos inclusive, en un calendario que ha marcado el ritmo administrativo del proceso.

Una vez concluido dicho plazo, el Departamento de Ferias y Festejos ha hecho pública la relación completa de entidades solicitantes, diferenciando aquellas que han presentado su documentación de forma correcta y completa, la solicitud registrada fuera de plazo y las que deberán proceder a la subsanación de diversas deficiencias advertidas en el examen preliminar de los expedientes.

Solicitudes admitidas con documentación completa

Un total de 36 entidades han formalizado su participación ajustándose a lo exigido en las Bases reguladoras. En la modalidad de Zonas Modernas constan como correctamente presentadas las solicitudes de Asoc. Colega Córdoba, AVV. Cañero Nueva, Hdad. Smo. Cristo del Amor, AVV. Huerta del Rey, Asoc. Cultural Social Tradición Córdobesa —con ubicación pendiente de aprobación—, Asoc. Vecinal Promisión, Hdad. Ntro. Padres Jesús Caído y Ntra. Sra. Mayor Dolor en su Soledad, Hdad. de la Merced, Parroquia Santuario Ntra. Sra. de la Fuensanta, Casa Regional de Castilla La Mancha, Hdad. Penitencial de las Cinco Llagas y Cofradía Ntro. Padre Jesús Victoria Tres Caídas, Hdad. Smo. Cristo de las Lágrimas, Hdad. Sacramental de la Sagrada Cena, Hdad. Smo. Cristo del Descendimiento y Ntra. Sra. Buen Fin y Asoc. Cultural Los Quintos, con las ubicaciones detalladas en cada expediente.

En la modalidad de Casco Histórico han cumplimentado adecuadamente su documentación la Hdad. del Vía Crucis del Santo Cristo de la Salud, Asoc. La Medina de Córdoba, Hermandad del Calvario, Hdad. y Cofradía de Nazarenos Congregantes del Smo. Cristo de la Buena Muerte, Hdad. y Cofradía Ntro. Padre Jesús de los Reyes Entrada Triunfal Jerusalén y M.ª Sma. Victoria, Hermandad de la Misericordia, Hdad. Nuestra Señora del Socorro, Cofradía de Ntro. Padre Jesús Nazareno M.ª Sma. Nazarena San Bartolomé Beato Padre Cristo, Hdad. Cristo de las Penas de Santiago, Hdad. y Cofradía Ntro. Padre Jesús Oración en el Huerto, Franciscana Hdad. de la Santa Cruz en el Monte Calvario y M.ª Sma. en su Soledad, Real e Ilustre Hdad. de Ntro. Sr. Resucitado y M.ª Sma. Reina de Ntra. Alegría, Hdad. Penitencial Cofradía de Nazarenos Sta. Faz Ntr. Jesucristo, N Padre Jesús Nazareno Encuentro Sta. Mujer, Hdad. de la Paz y Hdad. Ntro. Padre Jesús Sangre-Hdad. del Cister, todas ellas con emplazamientos especificados conforme a la normativa.

En Recintos Cerrados han presentado documentación correcta el Club de Matrimonios La Unión, R.V.I. Hdad. Servita Ntra. Sra. Dolores y el Smo. Cristo de la Clemencia, ACOPINB-Asociación Cordobesa para la integración de niñas y niños Border Line, ACPACYS-Asociación Cordobesa de Parálisis Cerebral, Hdad. Penitencia del Smo. Cristo de Gracia y AVV. Alcázar Viejo, completando así el listado de solicitudes admitidas sin objeciones formales.

Solicitud presentada fuera de plazo

En el Anexo 2 se incluye a la Asoc. Sonrisa de Lunares, encuadrada en la modalidad de Casco Histórico, cuya solicitud fue presentada fuera del plazo establecido en la convocatoria, circunstancia que determina su exclusión inicial conforme a lo previsto en las Bases y en aplicación estricta del principio de igualdad procedimental.

Requerimientos de subsanación y naturaleza de las deficiencias

Un total de 21 solicitantes deberán subsanar documentación o aclarar extremos sustanciales de sus expedientes antes de que pueda continuarse con su tramitación ordinaria. Las incidencias detectadas comprenden la no presentación de anexos obligatorios, la omisión de firmas en documentos esenciales, la falta de cumplimentación íntegra de los modelos normalizados y la ausencia de documentación acreditativa relativa a identidad, representatividad o CIF, elementos todos ellos imprescindibles para la validez formal de las solicitudes.

Igualmente, se han advertido carencias como la falta de bocetos, memorias descriptivas y croquis de ubicación, la omisión de datos del establecimiento previsto, la inexistencia de declaración responsable, la ilegibilidad de determinados anexos y el incumplimiento de la Base Décima en materia de ubicación, ya sea por no ajustarse la propuesta a lo exigido o por precisar la presentación de una nueva localización conforme a la normativa. En algunos casos concurren varias de estas deficiencias de manera acumulada, lo que exige una regularización completa del expediente para garantizar su adecuación a las Bases reguladoras.

Plazos y efectos jurídicos del trámite

La subsanación deberá realizarse en el plazo de diez días hábiles desde la publicación en el tablón de edictos de la sede electrónica municipal, mediante la aportación de la documentación requerida o la presentación corregida de los formularios correspondientes, preferentemente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Córdoba. La falta de atención al requerimiento en el plazo conferido implicará, conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, que la solicitud se tenga por desistida, con los efectos jurídicos inherentes a dicha declaración.

Una vez verificada la documentación aportada, el Departamento de Ferias y Festejos efectuará un primer análisis técnico y elevará propuesta a una Comisión Técnica interdepartamental, que elaborará el listado provisional de admitidos y excluidos, abriéndose posteriormente un nuevo plazo de alegaciones de diez días hábiles. Con este trámite se consolida la fase administrativa previa a la configuración definitiva del concurso, asegurando la transparencia, legalidad y rigor procedimental en la organización de una de las celebraciones más significativas del calendario festivo cordobés.

LISTADO-DE-ENTIDADES-CONCURSO-CRUCES-Y-REQUERIMIENTO-SUBSANACION-2026_f