Un decreto redefine las condiciones para optar a los órganos de gobierno cofrade
El obispo de la Diócesis de Asidonia-Jerez, José Rico Pavés, ha promulgado en la mañana del Domingo de Resurrección un decreto mediante el cual reordena y actualiza los requisitos exigidos para acceder tanto a la presidencia como a la permanente de la Unión de Hermandades de Jerez, extendiendo su aplicación al conjunto de consejos locales de la diócesis. La firma del documento se produce tras haber adelantado recientemente su intención de abordar esta reforma normativa.
La nueva disposición introduce una homogeneización de las condiciones exigidas, eliminando las diferencias que hasta ahora distinguían entre quienes aspiraban a la presidencia y quienes pretendían formar parte de la permanente, unificando así el marco regulador de ambos cometidos.
Equiparación de requisitos y apertura a nuevos perfiles
Entre los cambios más significativos figura la equiparación plena de los criterios de acceso, manteniéndose como requisito haber formado parte de una junta de gobierno en una hermandad. No obstante, el decreto incorpora una novedad sustancial al permitir que también puedan optar quienes hayan desempeñado “un cargo equiparable de responsabilidad pastoral en la Iglesia”, aun sin haber pertenecido previamente a una junta de gobierno.
Esta modificación supone una ampliación del espectro de candidatos, abriendo la puerta a perfiles vinculados a responsabilidades eclesiales que, hasta ahora, quedaban excluidos de estos órganos de representación cofrade.
Rebaja de la edad mínima y mantenimiento de la antigüedad exigida
El texto introduce igualmente una variación en el requisito de edad para acceder a la presidencia. De este modo, el mínimo se reduce de 30 a 25 años, si bien se conserva la exigencia de acreditar una antigüedad mínima de ocho años, manteniendo así un equilibrio entre renovación generacional y experiencia acreditada dentro del ámbito cofrade.
Condiciones personales y exigencias formativas
El decreto reafirma la obligatoriedad de que todos los miembros estén debidamente confirmados, incorporando además una nueva exigencia dirigida a quienes se encuentren en situación de separación o divorcio. En estos casos, deberán presentar una declaración jurada de su estado, conforme a un formulario que será facilitado por la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías.
Junto a ello, se mantienen otros requisitos ya vigentes, como la necesidad de haber completado las acciones formativas establecidas por la Delegación, disponer de una residencia que permita atender las obligaciones inherentes al cargo, no ostentar responsabilidades políticas o institucionales en administraciones públicas, y no haber renunciado o dimitido previamente de cargos en juntas de gobierno o permanentes, aunque en este último supuesto se fija ahora un límite temporal de cuatro años.
Reducción de mandatos y limitación de reelecciones
La reforma normativa incide también en la duración de los mandatos, estableciendo que no podrán exceder los cuatro años, lo que obligará a adaptar los estatutos de la Unión de Hermandades, actualmente fijados en cinco años. Asimismo, se mantiene la posibilidad de una única reelección para el mismo cargo, reforzando así los principios de alternancia y renovación en los órganos de gobierno.
Configuración de la permanente según el número de hermandades
El decreto regula igualmente la composición de la permanente de los consejos locales, determinando un número máximo de miembros en función del volumen de hermandades existentes en cada localidad. En el caso concreto de la Unión de Hermandades de Jerez, este órgano podría alcanzar en torno a una quincena de integrantes, a los que se sumarían los cargos de presidencia, vicepresidencia, secretaría y tesorería.
Justificación de la reforma y futura normativa
El prelado fundamenta esta actualización en la necesidad de “responder a las consultas planteadas en este Obispado” relativas a los requisitos para concurrir a estos cargos, en el marco de la revisión global de la normativa diocesana. Este decreto constituye, por tanto, un avance dentro de un proceso más amplio de actualización jurídica, cuyo nuevo texto completo se encuentra en fase de elaboración y se prevé que sea publicado próximamente.





