El rincón de la memoria | La eclosión de las cofradías hispalenses tras el Concilio de Trento y la disciplina penitencial en la Sevilla del siglo XVI

La Sevilla del siglo XVI se erige como el escenario de una metamorfosis devocional sin precedentes, donde la estética de la Pasión comenzó a ser glosada por cronistas de toda condición, otorgando a la ciudad una fama internacional que ya en aquella centuria cruzaba las fronteras. Este periodo no solo fue el crisol donde se fundieron la mayoría de las cofradías actuales, sino que supuso el nacimiento de la cofradía de penitencia moderna, una entidad que, aunque heredera nominal de las estructuras de los siglos XIII al XV, rompió con el pasado para abrazar el culto al simulacro y la estación pública.

​El dogma como arquitecto de la imagen y el decoro

​El motor de este cambio de mentalidad reside en las disposiciones del Concilio de Trento (1545-1563), cuya Sesión XXV fijó las bases de la veneración de las imágenes frente a las tesis protestantes. La jerarquía eclesiástica, a través de una reglamentación punitiva que incluía la excomunión, buscó garantizar el decoro de los cortejos y la idoneidad de las efigies, concebidas como la «verdadera efigie de Jesús y de su madre» para instruir a quienes no entraban en los templos. El mandato conciliar fue explícito y rotundo:

​“Manda el santo Concilio a todos los Obispos, y demás personas que tienen el cargo y obligación de enseñar, que instruyan con exactitud a los fieles ante todas cosas, sobre la intercesión e invocación de los santos, honor de las reliquias, y uso legítimo de las imágenes, según la costumbre de la Iglesia Católica y Apostólica, recibida desde los tiempos primitivos de la religión cristiana, y según el consentimiento de los santos Padres, y los decretos de los sagrados concilios; enseñándoles que los santos que reinan juntamente con Cristo, ruegan a Dios por los hombres; que es bueno y útil invocarlos humildemente, y recurrir a sus oraciones, intercesión y auxilio para alcanzar de Dios los beneficios por Jesucristo su hijo, nuestro Señor, que es el único redentor y salvador nuestro; y que piensan impíamente los que niegan que se deben invocar los santos que gozan en el cielo de eterna felicidad; o los que afirman que los santos no ruegan por los hombres; o que es idolatría invocarlos, para que rueguen por nosotros, aun por cada uno en particular; o que repugna a la palabra de Dios, y se opone al honor de Jesucristo, único mediador entre Dios y los hombres; o que es necedad suplicar verbal o mentalmente a los que reinan en el cielo.

Instruyan también a los fieles en que deben venerar los santos cuerpos de los santos mártires, y de otros que viven con Cristo, que fueron miembros vivos del mismo Cristo, y templos del Espíritu Santo, por quien han de resucitar a la vida eterna para ser glorificados, y por los cuales concede Dios muchos beneficios a los hombres; de suerte que deben ser absolutamente condenados, como antiquísimamente los condenó, y ahora también los condena la Iglesia, los que afirman que no se deben honrar, ni venerar las reliquias de los santos; o que es en vano la adoración que estas y otros monumentos sagrados reciben de los fieles; y que son inútiles las frecuentes visitas a las capillas dedicadas a los santos con el fin de alcanzar su socorro.

Además de esto, declara que se deben tener y conservar, principalmente en los templos, las imágenes de Cristo, de la Virgen madre de Dios, y de otros santos, y que se les debe dar el correspondiente honor y veneración: no porque se crea que hay en ellas divinidad, o virtud alguna por la que merezcan el culto, o que se les deba pedir alguna cosa, o que se haya de poner la confianza en las imágenes, como hacían en otros tiempos los gentiles, que colocaban su esperanza en los ídolos; sino porque el honor que se da a las imágenes, se refiere a los originales representados en ellas; de suerte, que adoremos a Cristo por medio de las imágenes que besamos, y en cuya presencia nos descubrimos y arrodillamos; y veneremos a los santos, cuya semejanza tienen: todo lo cual es lo que se halla establecido en los decretos de los concilios, y en especial en los del segundo Niceno contra los impugnadores de las imágenes.

Enseñen con esmero los Obispos que por medio de las historias de nuestra redención, expresadas en pinturas y otras copias, se instruye y confirma el pueblo recordándole los artículos de la fe, y recapacitándole continuamente en ellos: además que se saca mucho fruto de todas las sagradas imágenes, no sólo porque recuerdan al pueblo los beneficios y dones que Cristo les ha concedido, sino también porque se exponen a los ojos de los fieles los saludables ejemplos de los santos, y los milagros que Dios ha obrado por ellos, con el fin de que den gracias a Dios por ellos, y arreglen su vida y costumbres a los ejemplos de los mismos santos; así como para que se exciten a adorar, y amar a Dios, y practicar la piedad. Y si alguno enseñare, o sintiere lo contrario a estos decretos, sea excomulgado.

Mas si se hubieren introducido algunos abusos en estas santas y saludables prácticas, desea ardientemente el santo Concilio que se exterminen de todo punto; de suerte que no se coloquen imágenes algunas de falsos dogmas, ni que den ocasión a los rudos de peligrosos errores. Y si aconteciere que se expresen y figuren en alguna ocasión historias y narraciones de la sagrada Escritura, por ser estas convenientes a la instrucción de la ignorante plebe; enséñese al pueblo que esto no es copiar la divinidad, como si fuera posible que se viese esta con ojos corporales, o pudiese expresarse con colores o figuras. Destiérrese absolutamente toda superstición en la invocación de los santos, en la veneración de las reliquias, y en el sagrado uso de las imágenes; ahuyéntese toda ganancia sórdida; evítese en fin toda torpeza; de manera que no se pinten ni adornen las imágenes con hermosura escandalosa; ni abusen tampoco los hombres de las fiestas de los santos, ni de la visita de las reliquias, para tener convitonas, ni embriagueces: como si el lujo y lascivia fuese el culto con que deban celebrar los días de fiesta en honor de los santos.

Finalmente pongan los Obispos tanto cuidado y diligencia en este punto, que nada se vea desordenado, o puesto fuera de su lugar, y tumultuariamente, nada profano y nada deshonesto; pues es tan propia de la casa de Dios la santidad. Y para que se cumplan con mayor exactitud estas determinaciones, establece el santo Concilio que a nadie sea lícito poner, ni procurar se ponga ninguna imagen desusada y nueva en lugar ninguno, ni iglesia, aunque sea de cualquier modo exenta, a no tener la aprobación del Obispo. Tampoco se han de admitir nuevos milagros, ni adoptar nuevas reliquias, a no reconocerlas y aprobarlas el mismo Obispo. Y este luego que se certifique en algún punto perteneciente a ellas, consulte algunos teólogos y otras personas piadosas, y haga lo que juzgare convenir a la verdad y piedad. En caso de deberse extirpar algún abuso, que sea dudoso o de difícil resolución, o absolutamente ocurra alguna grave dificultad sobre estas materias, aguarde el Obispo antes de resolver la controversia, la sentencia del Metropolitano y de los Obispos comprovinciales en concilio provincial; de suerte no obstante que no se decrete ninguna cosa nueva o no usada en la Iglesia hasta el presente, sin consultar al Romano Pontífice.”

​Geografía de la fe: Del Humilladero a la estación catedralicia

​La configuración de la Semana Santa tal y como la conocemos tiene un hito fundamental en el Vía Crucis a la Cruz del Campo, instituido en 1521 por don Fadrique Enríquez de Ribera, primer marqués de Tarifa, tras su periplo por los Santos Lugares. Este itinerario de las «doce estaciones», que emulaba el camino de la Virgen al recordar el tormento de su Hijo, partía de su palacio —desde entonces conocido como «Casa de Pilatos»— y concluía en el humilladero construido en 1482 por Diego de Merlo, cuya cruz actual fue labrada por Juan Bautista Vázquez «el Viejo» en 1571. En este punto final se ubicaba una ermita dedicada a la Virgen de la Soledad, regida por la numerosa población de negros de Sevilla.

​En este periodo, las estaciones penitenciales se realizaban de forma anárquica hacia diversos conventos y parroquias de la collación. La Vera Cruz, por ejemplo, acudía a cinco estaciones, incluyendo el convento de San Francisco, la Catedral, el Salvador, la Magdalena y San Pablo, mientras que la Trinidad visitaba hasta seis casas religiosas. No fue hasta el sínodo de 1604 cuando el Cardenal don Fernando Niño de Guevara decretó la obligatoriedad de que todas las cofradías hispalenses hicieran estación a la Catedral (y las de Triana a Santa Ana), institucionalizando la carrera oficial y reglamentando los desfiles procesionales.

​Sociología de la Pasión: Un mosaico de gremios y estamentos

​La explosión fundacional del siglo XVI implicó a todos los estratos de la sociedad sevillana, vinculando cada misterio a una clase social u oficio específico. Los nobles se agrupaban en la Concepción, Regina y la Antigua; los magistrados y letrados en la cofradía de Pasión (fundada en 1531); mientras que los Veinticuatro y Jurados lo hacían con el Cristo de San Agustín. Los gremios también definieron la identidad de las hermandades: los comerciantes en la Vera Cruz, los plateros con la Expiración, los alfareros y marineros con la Estrella, los panaderos en el Prendimiento y los toneleros con Nuestra Señora de la Luz.

​Incluso los sectores más desfavorecidos tenían su espacio, como la cofradía de «Los Negritos», cuyo origen se halla en el Hospital de Nuestra Señora de los Reyes fundado en 1393 por el arzobispo don Gonzalo de Mena. Del mismo modo, en las postrimerías del siglo, los mercaderes catalanes fundarían la cofradía del Santísimo Cristo de la Conversión del Buen Ladrón y María Santísima de Montserrat, y en el barrio de la Feria nacería en 1595 la Cofradía de Nuestra Señora de la Esperanza, conocida hoy como la Macarena.

​La penitencia extrema y la Cofradía de la Cárcel Real

​Un episodio singular de este siglo fue la aparición de la Cofradía de la Cárcel Real, impulsada por el jesuita Padre León. Nacida originalmente como una congregación anti-blasfemia para erradicar los juramentos entre los presos, devino en una corporación de penitentes que el Viernes Santo realizaba una procesión interna con disciplinantes y estandartes. El fervor de los reclusos era tal que se azotaban con un denuedo que les hacía caer desmayados, recreando una «correspondencia con los azotes que le habían dado a Nuestro Señor en la cárcel». Las limosnas y multas recaudadas se destinaban a una bolsa de caridad para liberar a presos por deudas.

​El ocaso de los hospitales y el resurgir de las reglas

​La proliferación de hospitales de hermandad llegó a superar el centenar en 1586, según Morgado, pero su ineficacia económica llevó al Cardenal don Rodrigo de Castro a ejecutar en 1587 su reducción a solo dos centros: el Espíritu Santo y el Amor de Dios. Paralelamente, muchas corporaciones consolidaron sus estatutos: la Vera Cruz (con reglas de 1501), el Gran Poder (fundada en 1431 con reglas de 1587), la Quinta Angustia (reglas de 1541) o la Esperanza de Triana (nacida en 1481 de la fusión de ceramistas y pescadores).

​Otras, como El Valle, surgieron de fusiones como la de la Santa Faz (1450), mientras que el Cristo de Burgos hunde sus raíces en la extinguida hermandad «de los estudiantes» del siglo XVI. Como bien afirma el profesor Sánchez Herrero, esta centuria fue la de la «explosión de cofradías cristíferas», forjando un legado de religiosidad popular que, impulsado por predicadores como el beato Juan de Ávila, perdura hasta nuestros días bajo el influjo de los misterios de la Pasión y Muerte de Cristo.