La Hermandad de la Sagrada Cena de Sevilla celebrará el próximo viernes 28 de octubre Cabildo de Elecciones, de 17:00 a 22:00 horas, en la Iglesia de Nuestra Señora de Consolación (vulgo Los Terceros). Al proceso concurre una sola candidatura, encabezada por Álvaro Enríquez Amador, que opta a ser reelegido como máximo responsable de la corporación hispalense.

Se convocará con carácter previo Cabildo General de Lecturas de Cuentas para que la Junta de Gobierno saliente rinda el resultado económico de su gestión y para su aprobación si procede. La votación será siempre personal y secreta, dándosele a este acto toda la seriedad propia de un deber de conciencia, y facilitando la confidencialidad del voto.
El quórum de votantes necesarios para la validez de la celebración del Cabildo ha de representar, en primera convocatoria, al menos el diez por ciento de los componentes del Censo Electoral. Si no se logra el quórum señalado anteriormente, se celebrará nueva convocatoria a los quince días siguientes al anterior. Si en esta nueva convocatoria no se lograse el cinco por ciento de votantes, los cargos serán designados por la Autoridad Eclesiástica. En caso de empate se repetiría el proceso electoral en un plazo máximo de tres meses.
El voto por correo se permitirá únicamente a los hermanos en caso de acreditación del estado de enfermedad mediante Certificado Médico Oficial, cuando se tenga constancia en el censo electoral de residencia fuera de la ciudad de Sevilla. Igualmente, cuando haya constancia en el censo electoral del número del Documento Nacional de Identidad o documento oficial equivalente en el caso de extranjeros.
Los hermanos solicitarán el voto por correo mediante solicitud por escrito, que deberá estar en poder de la Comisión Electoral con una antelación mínima de sesenta días a la fecha señalada para el Cabildo de Elecciones. La Comisión Electoral remitirá por correo certificado, al domicilio que figure en el censo, las papeletas y los sobres electorales.
La papeleta de voto se introducirá en el sobre de votación y se cerrará. Este sobre, junto con una fotocopia del documento personal de identidad al que hace referencia el apartado e de este artículo, se incluirá en otro sobre dirigido a la Comisión Electoral, en cuyo remite deberá hacer constar su nombre y apellidos y la dirección.
El envío del voto por carta se hará por certificado de Correos con acuse de recibo. Serán admitidos los votos recibidos hasta 24 h. antes de la celebración del Cabildo de Elecciones. La Comisión Electoral llevará un registro de toda la documentación recibida, la cual custodiará hasta la constitución de la Mesa Electoral.
Podrá instalarse más de una Mesa Electoral distribuyéndose los votantes por orden alfabético. Para ejercer el voto serán requisitos imprescindibles figurar inscrito en el Censo Electoral definitivo e identificarse mediante la exhibición del Documento Nacional de Identidad, permiso de conducir o pasaporte.