La Hermandad de la Cena de Sevilla obtiene la aprobación del nuevo texto de sus Reglas y culmina su adaptación a la normativa diocesana

La Hermandad de la Sagrada Cena de Sevilla ha anunciado la aprobación del nuevo texto de sus Reglas, tras la resolución favorable emitida por la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de Hermandades y Cofradías. Este paso supone la plena adecuación del cuerpo normativo de la corporación a las Normas Diocesanas vigentes, al tiempo que se mantienen en curso los trámites necesarios para su actualización en el ámbito civil.

Aprobación canónica mediante decreto

La validación ha quedado formalizada a través de decreto suscrito por Miguel Vázquez Lombo, presbítero y delegado episcopal, en el contexto del expediente identificado con el número de protocolo 5209/25. Tras el examen de las Reglas presentadas, la autoridad eclesiástica ha determinado su conformidad con la legislación canónica universal y la normativa particular de la Archidiócesis de Sevilla.

En virtud de las facultades recogidas en el artículo 62 § 2.9 de los Estatutos de la Curia Diocesana, se dispone la aprobación del nuevo texto de las Reglas de la Antigua, Real, Ilustre y Fervorosa Hermandad Sacramental, Esclavitud de Nuestra Señora de la Encarnación, y Cofradía de Nazarenos de la Sagrada Cena, Santísimo Cristo de la Humildad y Paciencia y Nuestra Señora del Subterráneo Reina de Cielos y Tierra, conforme a lo acordado en Cabildo General.

Formalización, custodia y validez del texto normativo

El decreto establece que dos ejemplares oficiales del nuevo texto deberán ser sellados y rubricados en todas sus páginas, incorporando en la última la certificación del notario que acredite la emisión del mismo. Uno de estos documentos quedará incorporado al expediente de aprobación, mientras que el otro será remitido a la Hermandad para su aplicación en el régimen interno y gobierno de la corporación.

Asimismo, se determina que la Hermandad no podrá introducir modificaciones en este nuevo texto normativo si no es conforme a los procedimientos establecidos tanto en las propias Reglas como en la legislación canónica vigente, garantizando así su estabilidad jurídica.

Obligaciones de comunicación al Registro de Entidades Religiosas

De forma paralela, la autoridad eclesiástica ha recordado la obligación de comunicar la modificación del nuevo texto de las Reglas al Registro de Entidades Religiosas, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 594/2015, de 3 de julio. Esta comunicación deberá realizarse en un plazo máximo de tres meses desde la adopción del acuerdo.

Para ello, la Hermandad deberá iniciar el correspondiente expediente ante la Archidiócesis de Sevilla, mediante la presentación en Ventanilla Única de los formularios pertinentes debidamente cumplimentados, junto con la documentación requerida.

Continuidad del proceso de actualización jurídica

La aprobación, fechada el 27 de febrero de 2026 y registrada bajo el número de protocolo 724/26, representa un avance decisivo en la renovación normativa de la corporación, que continúa desarrollando los procedimientos administrativos necesarios ante las autoridades civiles competentes.

La comunicación oficial remitida al hermano mayor, Álvaro Enríquez Amador, bajo el número de protocolo 725/26, deja constancia de las exigencias formales derivadas de este proceso, consolidando un marco en el que convergen la normativa canónica y las disposiciones legales estatales.