Una vez concluido el plazo de exposición del censo electoral, la Hermandad de la Macarena ha comunicado oficialmente a sus hermanos la convocatoria del Cabildo General Ordinario de Elecciones, que tendrá lugar el 30 de noviembre de 2025. La cita comenzará a las 10:00 horas y permanecerá abierta hasta las 20:00 horas, siguiendo lo dispuesto en la Regla XLIX de la corporación.
Apertura del proceso electoral
El Hermano Mayor, en cumplimiento de las normas estatutarias, ha hecho saber que el plazo de presentación de candidaturas queda abierto desde este 1 de octubre, cerrándose el 21 de octubre a las 21:00 horas, exactamente cuarenta días naturales antes de la jornada electoral.
Los aspirantes a formar parte de la Junta de Gobierno deberán reunir los requisitos de idoneidad previstos en las Normas Diocesanas y en las reglas propias de la hermandad. La Comisión Electoral, con el visto bueno de la actual Junta de Gobierno, certificará qué hermanos cumplen las condiciones exigidas y publicará la relación definitiva en el tablón de anuncios.
En el plazo de una semana desde esa publicación, quienes opten al cargo de Hermano Mayor deberán conformar sus candidaturas con los nombres admitidos como idóneos, presentándolas en la Secretaría de la hermandad. Posteriormente, la Junta de Gobierno remitirá la relación de candidatos a la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de Hermandades y Cofradías, y estas quedarán expuestas públicamente en la hermandad. Se recuerda de forma expresa que ningún hermano podrá integrarse en más de una candidatura.
Regulación del derecho a voto
En la comunicación se especifica que el derecho a voto corresponde a los hermanos que, en la fecha señalada para las elecciones, hayan alcanzado los dieciocho años y acumulen al menos un año de pertenencia a la corporación.
La votación se realizará mediante papeleta personal e intransferible, debiendo el elector identificarse con DNI, pasaporte o permiso de conducir. Los sobres que contengan más de una papeleta, presenten enmiendas o signos de manipulación serán declarados nulos.
Condiciones para el voto por correo
Los hermanos que acrediten enfermedad mediante certificado médico oficial o figuren en el censo con residencia fuera de Sevilla podrán ejercer su derecho al voto por correo certificado con acuse de recibo.
La solicitud deberá formularse por escrito y con firma original, con un mes de antelación como mínimo. La Delegación Episcopal ha recordado que no serán válidos otros medios, como el correo electrónico. La hermandad ofrece un modelo descargable en su página web para facilitar este trámite, aunque siempre deberá remitirse por correo postal o presentarse en Secretaría, en la dirección oficial de la corporación: Plaza de la Esperanza, nº 2, 41002, Sevilla.
Una vez proclamadas las candidaturas, la Comisión Electoral enviará por correo certificado las papeletas y sobres a todos los electores. El procedimiento exige que la papeleta se introduzca en el sobre de votación, junto con una fotocopia del documento de identidad, dentro de un segundo sobre dirigido a la Comisión. Solo se admitirán los envíos recibidos con al menos 24 horas de antelación al Cabildo.
Toda la documentación será registrada y custodiada por la Comisión Electoral hasta la constitución de la mesa el día de la votación.
Quórum y disposiciones finales
En primera convocatoria será necesario un mínimo del cinco por ciento del censo electoral para dar validez al escrutinio. Si no se alcanzara este porcentaje, se convocaría un nuevo Cabildo a los quince días, siendo entonces válida la elección con independencia del número de votantes.
El Secretario de la hermandad, Francisco Castilla Moreno, en nombre de la Junta de Gobierno, ha hecho un llamamiento a la participación activa en este proceso electoral, elevando asimismo sus oraciones a los Sagrados Titulares para que acompañen y bendigan a la corporación en esta etapa de renovación interna.





