La Hermandad de la Purísima Concepción de Linares convoca elecciones a hermano mayor

La Real Hermandad de Nuestra Señora La Purisima Concepcion de Linares Coronada ha remitido una carta a sus hermanos para comunicarles que, a partir del 15 de agosto de los corrientes, queda abierto el periodo para presentar candidaturas a Hermano Mayor de esta Real Hermandad, de acuerdo a la Normativa vigente.

De acuerdo al Título III, Arte 32, de la Normativa sobre elecciones a Hermano Mayor en el seno de las Hermandades y Cofradías, el pasado 29 de junio de 2023 quedó constituida la Junta Electoral encargada de la organización y control de las Elecciones. Está compuesta por D. Antonio S. Criado Gutiérrez (Presidente), Dña. Manuela Jiménez Medina (Secretaria) y D. Rafael López Trenas (Vocal).

La fecha señalada para las Elecciones a Hermano Mayor es el domingo, 8 de octubre de 2023 a las 11:45 horas, en primera convocatoria, y a las 12:00 horas, en segunda convocatoria, en el Santuario de Ntra. Sra. De Linares, y los plazos y requisitos que regirán la elección son los siguientes:

a) Las candidaturas habrán de presentarse por escrito a la Junta Electoral en el periodo comprendido del 15 de agosto al 17 de septiembre de 2023.

b) La aceptación o rechazo de las candidaturas por la Junta Electoral se hará dentro de los 3 días siguientes a cierre del plazo de presentación (20 de septiembre de 2023). En caso de que fuera rechazada una candidatura a Hermano Mayor, la Junta Electoral lo comunicará por escrito fundamentado al hermano candidato, exponiéndose la resolución en el Tablón de Anuncios de la Hermandad, pudiendo presentarse reclamaciones a esta resolución en los 4 días siguientes (24 de septiembre de 2023).

c) La Junta Electoral resolverá las posibles reclamaciones en los 3 días siguientes (28 de septiembre de 2023), exponiendo su resolución en el mismo Tablón de Anuncios y comunicándolo por escrito en los mismos términos del apartado anterior al hermano reclamante.

Asimismo, se comunica a todos los Hermanos que el censo electoral se encontrará expuesto en el Tablón de Anuncios del Santuario los domingos 3,10,17 y 24 de septiembre y 1 de octubre de los corrientes, en horario de 11:30 h a 13:30 h. En este censo estarán incluidos todos los hermanos que el día de la elección tendrán derecho a voto (los que estén al corriente del pago de la cuota hasta el año 2023). Los hermanos tendrán un plazo de 20 días para presentar las reclamaciones al Censo que estimen oportunas (hasta el 24 de septiembre de 2023) y la Junta Electoral resolverá las reclamaciones antes del 1 de octubre, comunicando al hermano reclamante en los mismos términos del apartado b) anterior y realizando en el Censo la oportuna modificación si a ello hubiere lugar. (Ante cualquier duda o reclamación también puede escribir al correo de la Hermandad [email protected])

Según el art. 34 de la normativa citada anteriormente podrán presentarse a la elección de Hermano Mayor todos los hermanos mayores de edad, con 1 año de antigüedad en la Hermandad y que reúnan los requisitos exigidos por el Derecho Canónigo, por los estatutos de la Hermandad y por los contenidos en el art.9. 5 de esta Normativa. Con la candidatura deberá aportarse la siguiente documentación:

a) Relación, al menos, de los hermanos que formarían parte de al Junta de Gobierno como Vice-Hermano Mayor, Secretario, Tesorero, con el Ve Bo del Cabildo Catedral. La Junta Electoral será la encargada de entregar la documentación para que el Cabildo Catedral le dé su visto bueno. Los miembros de la Junta de Gobierno propuestos deberán tener como mínimo 1 año de antigüedad según art. 6 (c) de los Estatutos de la Hermandad.

b) Declaración Jurada de su situación familiar. En el supuesto de ser casado, partida de matrimonio canónico.

c) Declaración Jurada de todos los miembros de la Junta de Gobierno acerca de su situación que vayan a formar parte de la misma.

d) Relación de los hermanos que avalen la candidatura con su firma y D.N.I., que habrán de ser el número establecido en los Estatutos de la Hermandad (20 hermanos activos como mínimo). Dicho número supera el 5% establecido mínimo que marca la normativa.

e) Según el mismo artº, 34, no podrán presentarse a la elección de Hermano Mayor aquellos hermanos a los que se haya sido concedida la distinción honorífica de Hermano Mayor honorario u honorífico, salvo dispensa de la Autoridad Diocesana.

De acuerdo al arte. 35, una vez terminado el proceso de presentación de candidaturas la Junta Electoral publicará a todos los hermanos, con derecho a voto, la convocatoria del Cabildo de General de Elecciones, a la que acompañará relación de los hermanos que optan al cargo de Hermano Mayor.

Según el artº, 36, una vez proclamados, los candidatos podrán solicitar su acceso al censo de hermanos con objeto de enviarle una comunicación personal. La Secretaria de la Hermandad facilitará al candidato el envío requerido, siendo enviada ésta por la propia Hermandad, siendo abonados por el candidato los gastos ocasionados.