El texto normativo, respaldado por los hermanos en 2021, entra plenamente en vigor tras el decreto emitido por la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías
La Real, Ilustre y Fervorosa Hermandad de Nuestra Señora del Rocío de Camas ha comunicado a sus hermanos la recepción de la aprobación definitiva de la reforma de sus reglas por parte de la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías de Sevilla, culminando así un proceso iniciado hace varios años y que permite la entrada en vigor de todo lo dispuesto en el nuevo cuerpo normativo.
La corporación rociera ha informado de que esta comunicación ha sido recibida durante la presente semana, de manera que las disposiciones contenidas en las reglas reformadas son ya plenamente aplicables. La modificación había sido aprobada previamente por los hermanos reunidos en Cabildo General extraordinario celebrado el 18 de septiembre de 2021, quedando pendiente desde entonces la correspondiente ratificación por parte de la autoridad eclesiástica.
El decreto lleva la firma del delegado episcopal para los asuntos jurídicos
La aprobación ha quedado recogida en el decreto correspondiente al expediente con número de protocolo 1907/25, firmado por Miguel Vázquez Lombo, presbítero y delegado episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías.
En el documento se hace constar que las reglas presentadas han sido examinadas y consideradas conformes con las disposiciones del Derecho Canónico universal y con la normativa particular vigente en la Archidiócesis hispalense. Asimismo, se indica que la decisión se adopta en virtud de las facultades recogidas en el artículo 62, parágrafo segundo, de los Estatutos de la Curia Diocesana de Sevilla.
La autoridad eclesiástica ratifica las reglas aprobadas por los hermanos
En el primero de los puntos del decreto se dispone la aprobación de las reglas de la Real, Ilustre y Fervorosa Hermandad de Nuestra Señora del Rocío de Camas, las cuales habían sido previamente aceptadas en Cabildo General por la propia corporación.
El segundo apartado establece que dos ejemplares de las reglas deberán ser sellados y rubricados en todas sus páginas. Igualmente, el notario encargado de refrendarlas certificará en la última página la existencia del decreto de aprobación, cuyo contenido deberá reproducirse literalmente en las futuras ediciones de las reglas. Uno de esos ejemplares quedará incorporado al expediente favorablemente resuelto, mientras que el otro será remitido a la hermandad para su régimen y gobierno.
Las futuras modificaciones deberán ajustarse a los procedimientos establecidos
El decreto emitido por la Delegación Episcopal también recoge expresamente que la corporación no podrá introducir modificaciones en el texto aprobado sin seguir los procedimientos previstos tanto en las propias reglas como en la legislación canónica universal y en las disposiciones particulares de la Archidiócesis de Sevilla.
De este modo, la Hermandad del Rocío de Camas culmina un proceso iniciado hace casi cinco años con la aprobación por parte de sus hermanos y que ahora ha recibido la definitiva conformidad del Arzobispado, quedando plenamente vigente el nuevo marco normativo que regirá la vida y el funcionamiento de la corporación rociera.





