La Junta de Gobierno de la Hermandad de la Resurrección, reunida en Cabildo de Oficiales el día 8 de febrero de 2024, ha convocado Cabildo General de Elecciones para el jueves, 6 de junio, de 2024, a celebrar en la Iglesia de Santa Marina y San Juan Bautista de la Salle desde las 19:30 hasta las 22:30 horas. Tendrán derecho a voto los hermanos que el día del cabildo tengan al menos 18 años de edad, un año como mínimo de antigüedad en la Hermandad, y estén en situación económica regular,
Los plazos para los procedimientos recogidos en las Reglas y en las Normas Diocesanas quedan así:
DEL 21 DE FEBRERO AL 21 DE MARZO, ambos inclusive, los hermanos podrán: Consultar su inscripción en el censo electoral y presentar las correspondientes reclamaciones o rectificaciones. Por correo electrónico a secretaria@hermandaddelaresurreccion.com. Presencialmente, martes y jueves de 20:00 a 21:30. Regularizar la situación económica para ejercer el derecho a voto. De acuerdo con las Reglas la situación económica regular consistirá en estar al corriente del pago de cuotas hasta el 4º trimestre del año 2023, inclusive. Abonando los atrasos por Internet en el Portal del Hermano de la página web. Presencialmente en Mayordomía, lunes y miércoles de 20:00 a 21:30.
DEL 2 AL 21 DE MARZO, ambos inclusive, los hermanos podrán presentar su candidatura a Hermano Mayor o a miembro de la Junta de Gobierno. Presencialmente, martes y jueves de 20:00 a 21:30.
NOTA: La Secretaría – pidiéndolo por correo electrónico a secretaria@hermandaddelaresurreccion.com o recogiéndolo presencialmente en las horas señaladas – proporcionará un impreso en el que se indican las condiciones y documentación a aportar exigidas por las Normas Diocesanas y las Reglas.
DEL 9 DE FEBRERO AL 6 DE MAYO, ambos inclusive, los hermanos podrán solicitar por escrito la documentación para votar por carta. Por correo electrónico a secretaria@hermandaddelaresurreccion.com.
Presencialmente, martes y jueves de 20:00 a 21:30. NOTA: Recordamos que la ausencia por viaje o cualquier otro motivo, no faculta para votar por carta, pues las Reglas (65) solamente reconocen esta posibilidad para hermanos que residan fuera de la ciudad de Sevilla, y así conste en el censo, o para quienes presenten un certificado médico oficial que acredite la imposibilidad de asistir presencialmente al cabildo. La documentación para votar por carta le será remitida del 7 al 10 de mayo sólo al hermano que lo solicite en el plazo arriba señalado.
Para todos los plazos señalados: si hay cultos alguno de esos días, la atención presencial se traslada a los 15 minutos posteriores al culto. En caso de absoluta imposibilidad para personarse en las horas indicadas, puede concertarse cita para otro momento llamando los días y horas especificados en cada gestión al 954.900.235.
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