La Asamblea aprueba unos nuevos Estatutos que marcan un hito en la Agrupación de Cofradías de Córdoba

La Asamblea de Hermanos Mayores de las hermandades cordobesas aprobó este lunes unos nuevos Estatutos de la Agrupación de Cofradías de Córdoba, un texto llamado a convertirse en referencia histórica para la institución y para el conjunto del mundo cofrade de la ciudad. La decisión supone la culminación de un largo proceso de revisión normativa y abre un nuevo marco de funcionamiento interno basado en criterios de claridad, control, transparencia y eficacia, sin alterar ninguno de los principios esenciales que han regido hasta ahora la vida corporativa de las hermandades.

La aprobación por parte del máximo órgano representativo de las corporaciones agrupadas otorga respaldo definitivo a un documento que redefine con precisión las reglas de admisión, gobierno, disciplina y toma de decisiones, consolidando el papel de la Asamblea General como eje vertebrador de la Agrupación. El recuento final refleja un apoyo mayoritario a la propuesta sometida a decisión, con un resultado que consolida la posición favorable frente al resto de opciones emitidas durante la votación.

El balance de papeletas contabilizadas arroja un total de 39 votos a favor, mientras que 7 se pronunciaron en contra. A esta cifra se suman 2 votos nulos y 2 votos en blanco, que completan el cómputo global del proceso. La distribución de los sufragios, emitidos en sobre cerrado, evidencia una diferencia significativa entre las posiciones, con una clara ventaja de los apoyos frente a las opciones contrarias y a aquellas que no tuvieron validez o no expresaron preferencia.

La Asamblea de este lunes

Un trabajo colegiado con representación de todos los ámbitos cofrades

Los nuevos Estatutos han sido elaborados por la Comisión de Estatutos, un órgano integrado por miembros de la Junta de Gobierno de la Agrupación y por representantes de hermandades de cada uno de los días de salida procesional de la Semana Santa, así como de Gloria y de Vísperas. Este carácter plural ha permitido incorporar las distintas sensibilidades y realidades existentes dentro de la Agrupación, garantizando que el texto final responda a las necesidades reales de su funcionamiento cotidiano.

El proceso de revisión se apoya en una trayectoria iniciada en 1999, cuando, mediante Decreto Episcopal de 11 de mayo, monseñor Francisco Javier Martínez Fernández encargó a una comisión gestora la revisión de los Estatutos entonces vigentes. Aquella reforma, en la que participaron diversas Hermandades y Cofradías agrupadas, tuvo como objetivo principal integrar a las hermandades de Gloria y a las Sacramentales no agrupadas, reforzar la coordinación con la pastoral diocesana y establecer mecanismos de control más eficaces sobre los órganos de gobierno. Aquella etapa supuso un avance sustancial en la organización interna y en la alineación con las directrices eclesiales.

Una reforma adaptada a los retos actuales

La revisión más reciente, impulsada por la Agrupación en 2024, responde a la necesidad de adecuar los Estatutos a su uso diario y a los desafíos derivados del paso del tiempo. El nuevo texto introduce criterios actualizados para la incorporación de hermandades, redefine el procedimiento de elección del Presidente y ajusta el funcionamiento general de la institución, configurando un marco normativo más funcional, comprensible y operativo.

Estas modificaciones persiguen reforzar la transparencia, la seguridad jurídica y la eficacia en la gestión interna, garantizando que la Agrupación disponga de herramientas normativas acordes con su realidad actual.

Reglas claras para el ingreso de hermandades en la Agrupación

Los Estatutos regulan de forma detallada el ingreso y cese de los miembros, estableciendo que solo podrán formar parte de la Agrupación como miembros de pleno derecho las Hermandades y Cofradías Penitenciales, Sacramentales o de Gloria.

Únicamente podrán solicitar su incorporación aquellas corporaciones erigidas canónicamente en la ciudad de Córdoba, que acrediten dicha erección mediante decreto episcopal compulsado, y cuyos Estatutos estén aprobados por la autoridad eclesiástica, aportando la documentación correspondiente. Además, deberán estar inscritas en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, contar con personalidad jurídica civil, disponer de una Junta de Gobierno aprobada por el Obispado y tener debidamente inscrito a su representante legal.

La solicitud deberá acompañarse de un informe favorable del Consiliario y del Delegado Diocesano de Hermandades y Cofradías, siendo este dictamen determinante para continuar el procedimiento. Una vez emitido informe positivo, el ingreso se formalizará mediante comunicación a la Junta de Gobierno y a la Asamblea General, quedando garantizado un proceso ordenado y transparente. En este marco, y una vez aprobados los Estatutos, la Asamblea no podrá impedir el acceso de nuevas corporaciones que cumplan estrictamente todos los requisitos establecidos.

Condiciones para acceder a la Carrera Oficial

El texto estatutario fija igualmente los requisitos para la incorporación de nuevas hermandades a la Carrera Oficial y a la Estación de Penitencia en la Santa Iglesia Catedral. Entre ellos destaca la obligación de haber procesionado durante más de diez años en las vísperas de la Semana Santa, computándose los años como prohermandad o agrupación parroquial.

Se exige una presencia suficiente de fieles, evaluada especialmente en las procesiones de los últimos tres años, con un mínimo de cien hermanos en cortejo para hermandades de un paso y ciento cincuenta para las de dos pasos, sin incluir bandas ni costaleros. Las imágenes deberán procesionar en pasos portados por costaleros, con penitentes revestidos de túnica y cubrerrostro, portando luz de cera y con un cortejo perfectamente organizado.

No deberán existir dudas sobre la viabilidad del recorrido completo, debiendo iniciarse y finalizar la procesión en su templo, sin que la Catedral pueda actuar como punto de salida o recogida. Tras dictamen favorable de la Junta de Gobierno y acuerdo con las hermandades del día correspondiente, la incorporación se formalizará conforme a los Reglamentos, garantizando un procedimiento riguroso y reglado.

La Asamblea General como eje del gobierno cofrade

Los nuevos Estatutos refuerzan el papel de la Asamblea General como órgano supremo de decisión, atribuyéndole competencias amplias sobre normas generales de actuación, encomienda de estudios y proyectos, aprobación de subvenciones, programación de actos extraordinarios, cuentas, presupuestos y memorias de actividad.

La Asamblea mantiene la capacidad de elegir al Presidente, aprobar Estatutos y Reglamentos, interpretar auténticamente sus disposiciones, revocar acuerdos de la Junta de Gobierno, autorizar operaciones patrimoniales relevantes, aprobar cuotas extraordinarias, conocer el ingreso de nuevas hermandades y conceder distinciones. Asimismo, puede autorizar al Presidente a otorgar poderes notariales y delegar facultades para la representación judicial de la Agrupación.

Normas de votación y adopción de acuerdos

Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple, salvo en los supuestos en los que los Estatutos exijan mayorías cualificadas. Las votaciones serán públicas, aunque se prevé el carácter secreto cuando afecten a personas concretas, a la modificación de Estatutos, a la extinción de la Agrupación o cuando así lo solicite alguna hermandad o lo considere necesario la propia Asamblea o la Junta de Gobierno.

Los acuerdos serán efectivos desde su aprobación y solo podrán modificarse una vez dentro del mismo ejercicio. La Asamblea únicamente podrá decidir sobre los asuntos incluidos en el orden del día, quedando excluidas las mociones formuladas en ruegos y preguntas.

Un régimen disciplinario exhaustivo y garantista

El texto regula de forma minuciosa la potestad sancionadora, atribuida a la Asamblea General respecto de los órganos de gobierno y a la Junta de Gobierno cuando las infracciones procedan de hermandades o de sus miembros. Se establece un régimen disciplinario único, con faltas clasificadas en leves, graves y muy graves, siempre conforme al Derecho Canónico.

Las infracciones abarcan desde la falta de diligencia o el trato inadecuado hasta el incumplimiento reiterado de Estatutos, el abuso de autoridad, la apropiación indebida de fondos, la alteración de actas o la realización de actos contrarios a la doctrina de la Iglesia. El sistema contempla sanciones proporcionales, desde amonestaciones hasta la suspensión de derechos, inhabilitación para cargos, pérdida de subvenciones o restricciones de participación en la Asamblea.

Procedimiento sancionador con garantías

La imposición de sanciones exige la apertura de un expediente disciplinario, con audiencia al interesado, posibilidad de aportar pruebas y plazos tasados. El procedimiento puede iniciarse de oficio o mediante denuncia motivada, y contempla la designación de instructores entre Hermanos Mayores, siguiendo criterios de rotación e imparcialidad.

El expediente culminará con resolución del órgano competente, siendo ejecutiva de inmediato, sin perjuicio de los recursos previstos en el Derecho Canónico. El incumplimiento de las normas procedimentales podrá dar lugar a la nulidad parcial del expediente, preservándose los actos válidamente realizados.

Una nueva etapa tras un intento fallido

La aprobación de estos Estatutos adquiere mayor relevancia si se tiene en cuenta que el intento anterior, en octubre de 2023, no alcanzó el respaldo necesario. Entonces, el proyecto obtuvo 27 votos a favor, 15 en contra y un voto en blanco, quedando por debajo de los 31 apoyos exigidos, equivalentes a las tres quintas partes de las hermandades.

Este antecedente evidenció la necesidad de un consenso más amplio, que finalmente se ha materializado en la votación celebrada este lunes, culminando un proceso de reflexión y ajuste del texto definitivo.

Un horizonte de autonomía y responsabilidad compartida

La aprobación de los nuevos Estatutos inaugura una nueva etapa para la Agrupación de Cofradías de Córdoba, en la que las hermandades han decidido asumir plenamente la responsabilidad de su propio marco normativo. Se abre así un tiempo marcado por la madurez institucional, la corresponsabilidad y la libertad para gestionar su presente y su futuro, bajo reglas claras, comunes y libremente aceptadas por el conjunto del mundo cofrade cordobés.