Las nuevas normas para hermandades y cofradías del obispado preven sanciones de hasta diez años para los hermanos

La Diócesis ha presentado a los hermanos mayores y directores espirituales nuevas normas para servir mejor a las cofradías en la sociedad actual

El viernes 14 de junio, la Diócesis de Málaga convocó a los hermanos mayores y directores espirituales de las cofradías de la diócesis para presentar oficialmente el decreto, con fecha del 21 de abril, que contiene las Normas para el Régimen de Grupos Parroquiales, de Culto y Devoción, en Honor de Nuestro Señor Jesucristo, de la Santísima Virgen María y de los Santos; las Normas para la Creación de Nuevas Hermandades o Cofradías; las Normas para la Organización y Actividad de las Hermandades y Cofradías y el Modelo de Estatutos para las Hermandades y Cofradías.

El encuentro, que se desarrolló en la Casa Diocesana de Málaga, contó con la presencia del Obispo, D. Jesús Catalá; el Vicario General Antonio Coronado; el delegado de Hermandades y Cofradías, Manuel ángel Santiago, así como de la gran mayoría de hermanos mayores y directores espirituales de las hermandades de toda la diócesis.

El encuentro dio comienzo con una oración presidida por el Obispo, quien dirigió a los presentes unas palabras de bienvenida, explicando el motivo de la convocatoria. A continuación, Antonio Coronado pasó a explicar el documento desde una perspectiva general, así como su motivación, y los cofrades Miguel Orellana Ramos y Miguel ángel Orellana Ortega, hermano mayor y teniente hermano mayor de la Hermandad de la Victoria, patrona de Málaga, pasaron a desarrollar el contenido de cada normativa. El encuentro contó también con un tiempo para las preguntas de los participantes.

El texto incluye novedades muy llamativas como la posibilidad de que las corporaciones puedan sancionar a sus hermanos por alguna falta o conducta impropia de la pertenencia a una asociación de la Iglesia. En este sentido, el texto prevé la imposición de muy graves por abusos de autoridad y usurpación de atribuciones, actuaciones intimidatorias, coactivas o amenazas, actos de rebeldía contra los acuerdos de los órganos de gobierno, ofensas y murmuraciones contra cualquier hermano u órgano de gobierno o respecto de terceros, violación de secretos conocidos por razón del cargo, conductas que menoscaben gravemente el buen nombre, dignidad y prestigio de la corporación o de los órganos de gobierno o de cualquier hermano.

Las infracciones muy graves podrán ser sancionadas con la baja definitiva como hermano o por un mínimo de diez años en la corporación; o con la privación definitiva o por un mínimo de diez años de algún derecho, como puede ser el desempeño de un cargo directivo o la participación en la procesión. Las graves serán multadas con la baja o la privación de algún derecho por un máximo de diez años; y las leves con una amonestación o la baja o privación de algún derecho durante un tiempo no superior a un mes. Estas sanciones deben ser aprobadas por la junta de gobierno tras la tramitación del correspondiente expediente interno en el que se dará audiencia al interesado y se podrán aportar pruebas.

Además las normas establecen que las hermandades deberán crear una comisión especial para celebrar elecciones formada por seis hermanos (tres titulares y tres suplentes) que no sean miembros de la junta de gobierno; el fiscal, tesorero y secretario de la directiva saliente (con voz pero sin voto); y miembros de las candidaturas que se presenten, en el caso de que sean más de una.

Por su parte, el obispado afirma que el objetivo de estas directrices es prestar un mejor servicio al mundo de las asociaciones públicas de fieles, concretamente a las hermandades y cofradías, facilitando instrumentos adecuados que den respuesta a los retos actuales y potenciando, al mismo tiempo, la comunión mediante el establecimiento de un marco común.