La delegación de fiestas y tradiciones del Ayuntamiento de Córdoba ha publicado la relación provisional de entidades admitidas y excluidas de la convocatoria de casetas de la Feria de nuestra Señora de la Salud de 2025. De conformidad con las bases de la convocatoria, cada solicitante dispondrá de un plazo de diez días naturales a partir de la publicación de la resolución en el tablón electrónico edictal, para efectuar las alegaciones que estimen oportunas y subsanar las causas de exclusión. Finalizado este plazo, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, en la resolución definitiva.
Entre las entidades excluidas figuran algunas hermandades. Es el caso de la Hermandad de la Oración en el Huerto, por la falta del cálculo del aforo de la caseta y errores en la planimetría. Además, el zócalo de la fachada no cumple con las bases, las ventanas y la puerta no aparecen acotadas, debiendo indicarse sus dimensiones y posición dentro de la fachada. Por otro lado la distancia entre barrotes de las rejas deberán quedar indicadas y tendrán que cumplir una separación máxima de 10 centímetros y el diámetro de las barras verticales no ser superior a dos centímetros. Por otro lado el plano de planta debe estar acotado indicando las dimensiones de cada espacio y las puertas de acceso a los mismos y falta el aseo de personas con movilidad reducida.
Otra hermandad excluida es la de El Esparraguero. En concreto, en la documentación aportada falta la acreditación de la representatividad de su responsable legal, la memoria de actividades desarrolladas en el año anterior y el cálculo del aforo de la caseta. Respecto a la planimetría, falta acotar la situación de las puertas y el tamaño de las mismas así como la altura del zócalo y rejas ya que la fachada principal aparece incompleta. En la fachada las rejas deben ser de diseño tradicional y cumplir una distancia que no queda indicada en los planos. El plano de planta debe estar acotado indicando las dimensiones de cada espacio y la ubicación de la cocina no cumple con las bases. Además falta incluir el aseo de personas con movilidad reducida.
igualmente ha quedado excluida la Hermandad de la Estrella. En su caso falta la memoria de actividades desarrolladas en el año anterior, el proyecto de explotación y el cálculo del aforo de la caseta. Respecto a la planimetría en la fachada de la calle Guadalquivir faltan ventanas según las bases establecidas. Por otro lado el plano de planta debe estar acotado interiormente indicando las dimensiones de cada espacio. Adicionalmente falta incluir en el plano el aseo de personas con movilidad reducida.
Otra hermandad afectada es la Sagrada Cena. En su caso falta el cálculo del aforo de la caseta. Por otro lado el plano de planta aportado carece de la calidad de impresión suficiente no siendo legible. Adicionalmente, la Hermandad deberá tener en cuenta que las rejas han de ser de diseño tradicional. La mencionada calidad del plano no permite constatar la separación de cada espacio y las puertas de acceso a los mismos y en el plano deberá incluirse el aseo de personas con movilidad reducida.
La Hermandad del Descendimiento ha sido también excluida de esta relación. En su caso falta el proyecto de explotación indicando que la organización y gestión de la caseta se hace por los propios asociados y el cálculo de la foro de la caseta. Respecto a la planimetría los colores de la fachada serán los autorizados en las bases. Por otra parte, la fachada la calle de Enmedio no cumple con las bases, la puerta deberá quedar centrada en la fachada y a ver al menos una ventana o puerta en cada cuatro metros de fachada. Las rejas tendrán un diseño tradicional. Respecto al aseo de personas con movilidad reducida la distribución de su interior deberá cumplir las indicaciones de las bases de casetas.
Igualmente ha quedado excluida la Hermandad de La Merced. En su caso falta el cálculo del aforo de la caseta. Adicionalmente el plano de fachada debe tener acotado el tamaño de las ventanas así como la distancia existente entre puerta y ventanas. En las fachadas, las ventanas deberán tener rejas que serán de diseño tradicional. En cuanto al plano de planta deberá aparecer reflejada la puerta de acceso a cada uno de los espacios y falta el aseo de personas con movilidad reducida indicando sus dimensiones y acceso.
Otra hermandad excluida es la Hermandad de Pasión. En su caso falta la documentación que acredite la representatividad de su representante legal, la memoria de actividades desarrolladas en el año anterior y el proyecto de explotación en el que figure documentalmente que la organización y gestión de la caseta se hace por los propios asociados, así como el cálculo del aforo. La calidad de los planos aportados no es legible y deberán presentarse corregidos y con mayor resolución. Las fachadas deberán tener al menos una ventana o puerta cada cuatro metros y las rejas han de ser de diseño tradicional. Por otro lado, el plano de planta debe estar acotado y debe incluirse el aseo de personas con movilidad reducida.
La Hermandad del Prendimiento ha sido también excluida provisionalmente. En su caso falta la memoria de actividades desarrolladas en el año anterior. Por otra parte los planos de la fachada deben estar acotados indicando la distancia entre ventanas y puertas, debiendo ver una cada cuatro metros de fachada. El frontón de la carpa debe aparecer situado únicamente en la fachada que corresponda y las rejas tendrán que ser de tamaño tradicional. El plano de planta debe estar acotado indicando las dimensiones de cada espacio y las puertas de acceso a los mismos y se debe precisar dentro del plano el aseo de personas con movilidad reducida.
Otra hermandad excluida provisionalmente es la Quinta Angustia. En su caso falta el cálculo del aforo. Respecto a las fachadas, en ellas tendrá que haber al menos una puerta o ventana cada cuatro metros. El frontón de la carpa debe aparecer situado únicamente en la fachada que corresponda y las ventanas deberán ser de diseño tradicional. Por otro lado, el plano de la planta debe estar acotado indicando las dimensiones de cada espacio y las puertas de acceso a los mismos. Igualmente falta el aseo de personas con movilidad reducida.
Otra hermandad aceptada es el Buen Suceso. En su caso falta la memoria de actividades desarrolladas en el año anterior y el cálculo de la foro de la caseta. En la planimetría, no se incluye el plano de fachadas. Se debe incluir plano de las dos fachadas donde quede acotada la situación real de las puertas y su dimensión así como la altura del zócalo y la reja. Las rejas serán de diseño tradicional. Por su parte, el plano de planta debe estar acotado indicando las dimensiones de cada espacio y las puertas de acceso a los mismos. Además, falta el aseo de personas con movilidad reducida.
La Hermandad del Santo Sepulcro ha quedado también excluida de forma provisional. En este caso la solicitud se ha presentado sin firmar y falta la memoria de actividades desarrolladas en el año anterior así como el proyecto de explotación en el que se documente que la organización y gestión de la caseta se hace por los propios asociados. Los planos de fachada deberán tener acotado el tamaño de las ventanas así como la distancia existente entre puertas y ventanas debiendo existir una ventana o puerta cada cuatro metros de fachada. Las rejas deberán tener diseño tradicional. En el plano debe indicarse el aseo de personas con movilidad reducida. Por último, al existir un burladero frente a la puerta de entrada, este deberá estar separado de la fachada al menos el ancho de la puerta debiendo de quedar correctamente acotado.
Otra hermandad afectada es La Esperanza. En este caso los planos de la fachada deberán tener acotado el tamaño de las puertas y ventanas así como la distancia existente entre las mismas. Deberá haber al menos una ventana o puerta cada cuatro metros de fachada y las rejas deberán ser de diseño tradicional. Por otro lado, el plano de planta deberá estar acotado indicando las dimensiones de cada espacio y las puertas de acceso a los mismos.. en el plano de planta deberá indicarse la sed de personas con movilidad reducida y el burladero deberá cumplir las mismas condiciones que en el caso de la caseta del Sepulcro.
Respecto a la Hermandad de la Vera Cruz, que también ha quedado excluida, falta la copia del CIP de la entidad, la memoria de actividades desarrolladas en el año anterior, el plano acotado de planta y de alzados, es decir la fachada, el cálculo del aforo de la caseta y el proyecto de explotación en el que se indique documentalmente que la organización y gestión de la caseta se hace por los propios asociados. Además, La Misericordia ha quedado excluida por haber presentado la solicitud fuera de plazo.
También ha quedado excluida, provisionalmente, la caseta de La Trabajadera, ya que falta la memoria de actividades desarrolladas en el año anterior por la entidad solicitante, la Asociación cultural cofrade que da nombre a la caseta. Falta también el proyecto de explotación y el cálculo del aforo de la caseta. Igualmente se han detectado errores en la planimetría. En el caso de la fachada falta acotar la situación de puertas y ventanas, debe haber al menos una ventana o puerta cada cuatro metros de fachada y cumplir unas dimensiones mínimas. Falta también incluir en el plano el aseo de personas con movilidad reducida.
Finalmente la propia Agrupación de Hermandades y Cofradías ha quedado afectada por esta exclusión provisional. En su caso la solicitud debe incorporar la potencia eléctrica según las condiciones y tarifas establecidas. Falta la memoria de actividades desarrolladas en el año anterior, el proyecto de explotación donde se indique que la organización y gestión de la caseta se hace por los propios asociados y el cálculo del aforo. Respecto a la fachada deberá acotarse la situación de la puerta y las ventanas así como su tamaño, el frontón de la carpa debe aparecer dibujado en la fachada y las rejas deberán ser de diseño tradicional. Respecto al plano deberá estar acotado indicándose las dimensiones de cada espacio. Y como ocurre en otros casos, falta el aseo para personas con movilidad reducida.





