El Rocío, Huelva

El Obispo de Huelva limita la celebración de Misas, en la aldea de El Rocío, al Santuario Nacional de Nuestra Señora del Rocío

Con fecha 13 de mayo de 2022, memoria litúrgica de Nuestra Señora de Fátima, Mons. Santiago Gómez Sierra ha decretado que no se celebrará la Santa Misa en la Aldea del Rocío fuera del Santuario Nacional de Nuestra Señora del Rocío, sin autorización expresa del Ordinario del lugar así como que para cualquier solicitud que se haga en este sentido habrán de tenerse en cuenta las disposiciones diocesanas al respecto, que siguen vigentes. Ello excluye la celebración de misas por ejemplo en las casas de Hermandad.

El decreto cita a Monseñor Rafael González Moralejo, quien por decreto episcopal de 24 de abril de 1985, dispuso que “la Eucaristía no se celebre fuera del Santuario (de Nuestra Señora del Rocío) sin previa autorización” del Obispado de Huelva. Posteriormente, recuerda el texto, en 1988, la Vicaría General decretó unas “Normas sobre celebración eucarística con autorización del Obispado, fuera del Santuario del Rocío, en la aldea del mismo. nombre” (BOOH n° 271, marzo-abril 1988, página 124). En dichas Normas se expresaban los requisitos necesarios para obtener dicha autorización.

A pesar de las excepciones que el C.I.C. contempla de los casos particulares, con respecto al lugar de la celebración eucarística, el c. 932 § 1 establece que “La celebración eucarística se ha de hacer en lugar sagrado”. En ello incide la Instrucción Redemptionis Sacramentum en su nº 108, considerando que al Obispo diocesano corresponde ser el primer administrador de los misterios de Dios en su Iglesia particular y es el moderador, promotor y custodio de la vida litúrgica de la misma. Por todo ello el obispo considera que no existen razones objetivas para que en la Aldea del Rocío, de la Parroquia de Almonte, se celebre habitualmente la Santa Misa fuera del Santuario.