La Agonía no permitirá el voto por correo en las elecciones del 7 de julio «al no tener los medios oportunos para garantizar la validez del voto emitido»

Los hermanos que deseen votar deberán abonar la totalidad de la cuota de 2024 con anterioridad al día de las elecciones

La Hermandad de la Agonía celebrará Cabildo General de elecciones el próximo 7 de julio con el objetivo de dilucidar qué personaje se pondrá al frente de la Corporación del barrio de El Naranjo para poner punto y final al tormentoso periodo en el que la Hermandad ha estado dirigida por una junta gestora. Con la mirada puesta en esta jornada crucial, la Junta Electoral, reunida a día 13 de mayo de 2024, ha acordado que conforme al apartado 2 del artículo 7 de nuestro Reglamento, solo podrán votar aquellos que, «estando al corriente en el pago de sus cuotas y con una antigüedad no inferior a un año en la Hermandad, tengan cumplida para el día señalado la edad de dieciocho años, y según los Reglas de la Hermandad y Cofradia, tengan la consideración de Hermanos Activos de la misma».

En este sentido, la Junta electoral ha decidido establecer que para el ejercicio del derecho al voto, aquellos hermanos que así lo deseen deberán estar al corriente de pago, entendiendo así haber abonado la totalidad de la cuota de 2024 con anterioridad al día de las elecciones. Además ha decidido que «para facilitar el cierre del censo con las mayores de las garantías, hemos decidido que el último día para abonar aquellas cuotas pendientes será el 1 de julio de 2024, inclusive». Adicionalmente se ha fijado el 2 de julio, como la fecha en la que se pondrá a disposición de la autoridad Diocesana el censo electoral definitivo.

Por otro lado ha previsto que para facilitar la identificación de los hermanos será preciso que muestren un documento acreditativo de su identidad (D.N.I, pasaporte o carnet de conducir), tanto para la comprobación de su inclusión en el censo electoral, como para la entrada en la Parroquia al Cabildo General Extraordinario de Elecciones de Hermano Mayor, como para el ejercicio del derecho al voto el próximo 7 de julio de 2024.

Sobre el modo en el que podrá ejercerse el derecho al voto, no olvidemos que el cabildo tendrá lugar el 7 de julio, en pleno período festival, la Junta electoral ha informado de que «tras consultar con las autoridades eclesiásticas competentes, no se podrá ejercer el derecho a voto por correo, al no tener esta corporación los medios oportunos para garantizar la validez del voto emitido».

Por otra parte, el órgano que regula el proceso ha indicado que el próximo 7 de julio se iniciará el Cabildo General Extraordinario de Elecciones de Hermano Mayor a las 11:00 horas. Las puertas del Templo se abrirán a las 10:00 horas. A las 11:00 horas se cerrarán las puertas del templo. Solo podrán acceder al Cabildo los hermanos que estén dentro del censo electoral, salvo menores de edad que estén a cargo de éstos. Todo hermano que llegue a posteriori de las 11:00 horas no podrá participar al Cabildo Extraordinario de Elecciones, ni acceder al templo. Una vez concluida la primera convocatoria, si no se obtiene el quórum requerido, se procederá a iniciar la votación en segunda convocatoria. Por tanto, solo podrán ejercer el derecho al voto en la segunda convocatoria, aquellos que hayan emitido el voto en la primera convocatoria, toda vez que las puertas del templo seguirán cerradas impidiendo el acceso a ningún hermano adicional.