La junta de gobierno de la Hermandad del Valle ha informado que por orden del Sr. Hermano Mayor, en cumplimiento de lo prescrito en la Regla 39 de la Hermandad, así como en las Normas Diocesanas aplicables, ha convocado Cabildo General Ordinario de Elecciones, que se celebrará en la Iglesia de la Anunciación, Sede Canónica de esta Archicofradía, el martes día 29 de junio de 2021, a las 13:00 horas en primera citación y a las 13:30 horas en segunda y última convocatoria. La mesa electoral del Cabildo general permanecerá abierta para el ejercicio del derecho a voto durante un plazo de cinco horas. Conviene recordar que el actual hermano mayor de la corporación hispalense, Gonzalo Pérez de Ayala González, fue elegido en junio de 2018 por 409 votos frente a los 402 obtenidos por Eduardo Bonet, concurriendo además 4 votos en blanco y nada menos que 85 nulos.
Gonzalo Pérez de Ayala ha venido desgranando su propuesta desde la “máxima humildad y responsabilidad”, abogando por “una verdadera unión entre los hermanos”, la “transparencia, apertura y participación” y la “competencia, la preparación y responsabilidad y la búsqueda de la excelencia en la gestión”, como ejes esenciales de su propuesta, con la “participación, como primer paso para conseguir la unión” para lograr que la corporación sea “una Hermandad gobernada por sus hermanos” con la “unión y colaboración fraterna en la consecución de nuestros fines” como bandera y en la que la “eficacia, transparencia y control” se conviertan en seña de identidad.
Se considera elector a todo hermano que en la fecha de celebración del Cabildo haya cumplido los dieciocho años y figure con una antigüedad superior a los dos años y esté al corriente en todas sus obligaciones y no haya sido privado de este derecho por sanción de suspensión impuesta devenida firme. En el plazo de revisión del censo si un hermano no estuviera incluido en el mismo por no haber atendido sus obligaciones económicas, podrá ponerse al día en sus cuotas y así ser incluido en dicho censo.
Durante el plazo de treinta días naturales, del 26 de abril al 25 de mayo en horario de apertura del Templo, los hermanos tendrán a su disposición los datos que del mismo consten en el censo de la Hermandad, a fin de que puedan ampliarlos o modificarlos, debiendo constar como mínimo el nombre, los dos apellidos, la dirección, número del documento nacional de identidad (o documento oficial equivalente en el caso de extranjeros) y las fechas de nacimiento y de ingreso en la Hermandad. Los datos serán facilitados al hermano por el miembro de la Comisión Electoral que custodie el Censo, quien anotará las rectificaciones o modificaciones para su posterior aprobación.
Concluido el plazo prescrito y cerrado el censo, ningún hermano podrá regularizar su situación para ejercer el derecho al voto, considerándose firme sin posibilidad de rectificación alguna, por el motivo que sea, con la consiguiente afección al derecho de voto según indican las Normas Diocesanas. Cualquier hermano que en el momento de la elección no se encuentre incluido en el censo electoral y en su posible anexo de rectificación, no podrá ejercer el derecho al voto. La falta de indicación del DNI en el censo no impedirá ejercer presencialmente el derecho al voto, siempre que en el momento de emitirlo se acredite la identidad presentando el DNI, completando, de esta forma, el Censo de la Hermandad. Sin embargo, para el voto por correo, no podrá ejercerse por esta forma mientras el Censo no incluya el DNI (o documento oficial equivalente en el caso de extranjeros), ya que se consideran imprescindibles para garantizar la validez del voto así emitido.
Podrán ser elegidos como Hermano Mayor, todos los hermanos con 30 años de edad cumplidos, con al menos 20 años de antigüedad en la Archicofradía, y que no pertenezcan a la Junta de Gobierno de ninguna Hermandad, sea de la naturaleza que sea. Para los demás miembros de la Junta de Gobierno, además de la mayoría de edad se requiere tres años de antigüedad, excepto los dos Consiliarios de la Hermandad que deberán tener la edad de 50 años y una antigüedad de 25 años en la Archicofradía.
El plazo de presentación de candidaturas será de un mes, desde el 26 de abril al 26 de mayo. Las candidaturas serán completas con todos sus cargos. Los hermanos que así lo hicieren recibirán de la Comisión Electoral la oportuna certificación acreditativa. Deberán presentarse en dicho plazo, para todos los miembros de la candidatura, copia del DNI (o documento oficial equivalente en el caso de extranjeros), certificado actualizado de bautismo, declaración jurada de encontrarse en situación familiar regular y, en su caso, certificado de matrimonio. Se seguirá lo prescrito en las Reglas para el caso de revisión delos requisitos, subsanación y/o exclusión, así como aprobación de candidaturas.
Los hermanos que padezcan enfermedad, acreditada inexcusablemente por certificado médico oficial, o tengan su residencia fuera de la localidad de Sevilla, constando así en el censo de la Hermandad, siempre que conste su DNI en el mismo, podrán hacer uso de su derecho al voto emitiendo éste por carta. Los hermanos que, cumpliendo estos requisitos, así lo quieran ejercer, solicitarán el voto por correo mediante solicitud por escrito (voto rogado), en su sentido más estricto, esto es, la solicitud para votar por correo ha de hacerse mediante cédula (adjunta) que tiene que firmar el propio interesado, sin poderse delegar en otra persona, ni ser válidos otros medios (como un correo electrónico). La firma de dicha cédula deberá coincidir manifiestamente con la que figura en el Documento Nacional de Identidad o documento oficial equivalente, siendo estos extremos condiciones de validez del voto por correo. La solicitud deberá estar en poder de la Comisión Electoral un mes antes del Cabildo general, esto es, antes del 29 de mayo. A los solicitantes se les remitirá la documentación precisa para ejercer su voto.





