Tras la no presentación de candidatos a las elecciones en la Hermandad del Rescatado, el Obispado concedió «un año de gracia» a la Junta de Gobierno encabezada por Miguel Ángel Lopera. Tras el tiempo transcurrido, se convocan de nuevo elecciones en la Hermandad del Domingo de Ramos el próximo 30 de junio, comenzado el proceso con la presentación de candidaturas entre los días, 30 de mayo y 18 de junio, ambos inclusive. En el comunicado se recuerda que las candidaturas presentadas deberán contar para su presentación con el Visto Bueno del Consiliario de la Hermandad (Rvdo. Fray Aurelio Gil de la Casa O.SS.T). Durante esas fechas se expondrá el censo electoral, pudiendo reclamar hasta el 23 de junio.
El 22 de junio la Junta Electoral publicará la resolución por la cual se aprueba o se rechaza una candidatura. Del 27 al 29 de junio será la resolución de posibles reclamaciones.
Se especifican las Reglas para presentarse a Hermano Mayor: que el candidato sea Hermano de Pleno Derecho, ostentar la Mayoría de Edad Civil, tener tres años de antigüedad en la Hermandad y haber estado participando activamente en ella y reunir los requisitos exigidos por el Derecho Canónico, por la Normativa Complementaria al Estatuto Marco de las Hermandades y Cofradías:
a) Haber Recibido el Sacramento de la Confirmación, o estar iniciado en tiempo prudencial la preparación para recibirlo.
b) No encontrarse en situación irregular.
c) Mantener un tenor de vida acorde a la fe y moral cristianas.
Además, conforme al Artículo 34 de la Normativa Complementaria, con la candidatura deberá aportarse la siguiente documentación:
a) Relación, al menos, con los hermanos que formarían parte de la Junta de Gobierno como Vice-Hermano Mayor, Secretario y Tesorero, con el V° Bº del Consiliario de la Hermandad.
b) Declaración jurada de su situación familiar. En el supuesto de ser casado, partida de matrimonio canónico.
c) Declaración jurada de todos los miembros de la Junta de Gobierno acerca de su situación familiar.
d) Relación de los hermanos, como mínimo el 5% de los hermanos con derecho a voto (30 personas), que avalen la candidatura con su firma y DNI.
Se recuerda que no podrán presentarse a la elección de Hermano Mayor aquellos hermanos a los que les haya sido concedida la distinción honorífica de Hermano Mayor honorario u honorífico, salvo dispensa de la Autoridad Diocesana.





